A partir del lunes 23 de marzo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso comenzará a aplicar la medida de reducir el funcionamiento de las salas del tribunal de alzada porteño. Así, solo operarán tres de las cinco existentes en el lugar.
La medida forma parte del plan de funcionamiento extraordinario para la Corte de Apelaciones, tribunales de la jurisdicción, oficios y juzgados de policía local, frente a la contingencia sanitaria producto de la expansión del Covid-19 en Chile.
Estas medidas buscan resguardar la salud de los usuarios y funcionarios del Poder Judicial, y además garantizar, en la medida de lo posible, la continuidad de la administración de justicia.
Cuando comience a implementarse la medida, el tribunal de alzada porteño funcionará en tres salas con integración de ministros y ministras en turnos de dos semanas.
Esta integración podrá modificarse durante el transcurso de la semana en caso de ser necesario, lo que se comunicara´ oportunamente por la oficina de Presidencia.
Por su parte, el turno de redacción se distribuirá de forma diaria entre los ministros según lo determine el presidente de cada sala.
Las salas del tribunal de alzada porteño sólo conocerán de las causas urgentes, en los términos establecidos por las actas de la Corte Suprema, a saber.
Atendida la finalidad de este acuerdo, no se incorporarán en tabla causas civiles, tributarias, de Policía Local, contencioso administrativas y otras de similar naturaleza.
Desde la semana del 23 de marzo, los turnos de los días sábado serán realizados por las tres salas en funcionamiento, comenzando por la Primera Sala.
Tribunales y notarías
En cuanto a los tribunales de la jurisdicción, éstos estarán facultados para adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Corte Suprema respecto a la realización sólo de audiencias urgentes, sistema de teletrabajo y destinación mínima de la dotación.
Una situación especial ocurre en los juzgados de Garantía y Tribunales Orales en lo Penal, que se encuentran realizando audiencias por videoconferencia, evitando que los internos salgan de los complejos penitenciarios y procurando que los magistrados, fiscales y defensores no asistan de manera presencial, en la medida de lo posible.
Respecto a las notarías públicas, conservadores de bienes raíces y juzgados de policía local, se les faculta para restringir el horario de atención y de funcionamiento interno.
En este caso se debe dar facilidades a su personal para trabajar desde su domicilio y adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las instrucciones de la autoridad sanitaria.
Las medidas extraordinarias dispuestas por el acuerdo de Pleno de la Corte de Valparaíso estarán sujetas a constante revisión, dependiendo de las circunstancias que se produzcan.