El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, acusó a tres funcionarios en retiro de Carabineros, por su responsabilidad en los delitos consumados de homicidio calificado e inhumación ilegal de víctimas no identificadas entre las que se contaban hombres, mujeres y niños, algunos de ellos aparentemente familiares. Ilícitos perpetrados en fecha indeterminada, en la localidad de Chincolco, comuna de Petorca, en la Quinta Región.
En la resolución (causa rol 11-2014), el ministro Arancibia elevó la causa al estado de plenario, sindicando como autores de los delitos a los carabineros (r) Leonardo Lino Villarroel Gamboa, Nelson Francisco Peña Lizana y José Domingo Silva Araya, exintegrantes de la dotación del retén fronterizo de Chincolco.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita logró establecer los siguientes hechos:»A partir del 11 de septiembre de 1973 y hasta una fecha indeterminada de alrededor del año 1980, teniendo en consideración el clima político existente en el país y la persecución realizada a grupos de personas que tenían ideas contrarias al régimen imperante, varios grupos de individuos, compuestos por hombres, mujeres y niños, algunos de ellos aparentemente familiares, intentaron dirigirse hacia Argentina por el sector del interior de la localidad de Chincolco, comuna de Petorca de la V Región de Valparaíso, específicamente en el sector denominado ‘El Sobrante’ en dirección al Este, esto es, por el cajón cordillerano ubicado al costado de la mina ‘Molino del Viento’”.
En ese momento, añade el documento de la investigación, “siendo interceptados por la dotación de Carabineros del Retén Fronterizo de Chincolco en un número indeterminado de funcionarios, al mando del Suboficial de Carabineros Óscar Fernández (fallecido), y que se mantuvo en esa unidad a partir del 11 de septiembre de 1973 en adelante con distinta dotación, y esas víctimas, sin mediar ningún procedimiento y tampoco sin existir alguna acusación formal por el hecho de querer traspasar la frontera hacia Argentina, burlando los controles fronterizos pertinentes, fueron asesinados por la dotación referida, en algunos casos a través de proyectiles disparados por armas de fuego pertenecientes al Retén de Chincolco y en otros casos asesinados por algún medio indeterminado, siendo enterrados sucesivamente en una tumba ubicada en la primera línea del Cementerio de Chincolco la que en su momento fue conocida con el nombre de los ‘indigentes’; tumba que en un primer momento fue exhumada en el mes de noviembre de 1991, dentro del procedimiento ordenado en la causa Rol N° 2.355 seguida ante el Juzgado del Crimen de Petorca, en donde los Peritos de la época determinaron que la tumba contenía los restos óseos de 8 personas, algunos de ellos con claras señales de haber sido acribilladas, causa que en su oportunidad fue sobreseída temporalmente”.
La investigación se reanudó a partir del 26 de agosto de 2014 y se vincula con la existencia de una animita y gruta existentes en el camino que hay en el sector de ‘El Sobrante, Chincolco’, las que recordarían la muerte de una o varias de las personas que fueron asesinadas por Carabineros de Chincolco, lo que también fue investigado policialmente en la causa Rol 8.532 del Juzgado del Crimen de Petorca, también sobreseída temporalmente, todo lo cual dio lugar a la re-exhumación ordenada en esta causa, la que se llevó a cabo entre el 21 y 24 de julio de 2015, a cargo del Área Pericial de la Unidad Especial de Identificación Forense del Servicio Médico Legal de Santiago, determinándose en definitiva que se trata de 9 personas que se encontraban en la tumba ya referida y cuya identificación se encuentra pendiente, configurándose de este modo los delitos de Homicidio Calificado y de Inhumación Ilegal, previstos y sancionados en los artículos 391 N° 1 circunstancia 1era, alevosía y N° 320, del Código Penal, respectivamente, vigentes a la fecha de ocurrencia de los hechos, ocurridos en fechas indeterminadas entre el 11 de septiembre de 1973 y el año 1980″.
(Fuente: Poder Judicial).
(Fotos: Poder Judicial).