Finalmente se dio a conocer que, en fallo dividido, la Corte Suprema tomó la decisión de otorgar acceso parcial a la Fiscalía a los correos electrónicos de autoridades del Ministerio de Salud en el contexto de la investigación por su actuar ante la pandemia.
En el fallo del máximo tribunal se lee que «se resuelve la controversia, declarando que es procedente mantener la diligencia de entrada y registro con incautación de correos electrónicos, vinculados únicamente a la comprobación de los hechos delictivos denunciados, con excepción de las comunicaciones detalladas en las letras a) y b) del acápite 6 que antecede, las que, por estar comprendidas en la situación que contempla el inciso 2° del artículo 209 del Código Procesal Penal, quedan excluidas de la diligencia ordenada por la judicatura”.
La parte que no fue autorizada corresponde a “la adquisición de implementos e insumos esenciales y estratégicos para enfrentar la pandemia” y a los que dicen relación con la “destinación de efectivos y recursos militares y policiales a labores estratégicas y logísticas relacionadas con el COVID-19”.
Cabe recordar que el fiscal regional Centro Norte, Xavier Armendáriz, fue quien solicitó el acceso a los correos electrónicos del entonces ministro de Salud, Jaime Mañalich, de su jefa de gabinete en ese periodo, Itziar Linazasoro y de la subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza.