El seremi del Trabajo y Previsión Social, Rodrigo Kopaitic, junto con el director Regional de la Dirección del Trabajo (DT), Cristian Chahuán, y la gerente general de la Cámara Regional del Comercio de Valparaíso (CRCP), Marcela Pastenes, visitaron el polo comercial de Viña del Mar para hacer un llamado a respetar derecho a sufragio de los trabajadores que deban laborar este domingo 21 de noviembre -día de elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales en todo el país – y también el feriado obligatorio e irrenunciable de aquellos que trabajan en malls y strip center administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.
Al respecto, el seremi remarcó que “como Gobierno, queremos hacer un llamado a promover y permitir la participación electoral, por cuanto no sólo es la base de nuestra democracia, sino también, es un derecho para todos y todas. Por eso, hacemos un llamado a los empleadores de todo el país a que faciliten que sus trabajadores lleven adelante este el legítimo derecho a sufragio”.
En tanto, la gerente general de la CRCP, Marcela Pastenes, señaló que “sin duda, es muy importante que las personas puedan ejercer su derecho a voto. Si bien algunos establecimientos deberán cerrar obligatoriamente, hay otros que podrán seguir funcionando, como hoteles y restaurantes que no se encuentren en malls, por lo que esperemos que puedan entregar los permisos correspondientes a sus colaboradores, como siempre lo han hecho. De este modo, podremos vivir una jornada en la que todos y todas podamos ser parte de este ejercicio democrático de manera segura y responsable”.
Fiscalización durante día de las elecciones
La Dirección del Trabajo (DT) anunció que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas en el Canal de Atención Telefónica, en el número 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 21.
Al respecto, el director regional de la DT, Cristián Chahuán, detalló que “en el caso del comercio, la norma legal vigente para esta jornada electoral considera el feriado obligatorio para los trabajadores que laboren en malls, strip center u otros centros comerciales con varios locales, administrados por una misma razón social o personalidad jurídica. Quedan exceptuados de esta norma quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria”.
Permiso para acudir a votar
Respecto del permiso para sufragar, la DT informó que se fiscalizará el otorgamiento de permiso de dos horas para sufragar a aquellos, y su no cumplimiento derivará en sanciones de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción. Es decir, fluctuarán entre los $160.428 y los $3.208.560, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande. En el caso del permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral. Las multas aplicables son las mismas del caso anterior. Finalmente, cabe destacar que estos permisos deben otorgarse sin descuentos remuneracionales.
Feriado para trabajadores de malls y strip center
En cuanto a los trabajadores que se desempeñan en este tipo de recintos, la norma legal imperante señala que el feriado comenzará a más tardar a las 21:00 horas del sábado 20 de noviembre de 2021 y terminará a las 06:00 horas del lunes 22 de noviembre y quedan exceptuados de esta norma quienes laboran en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria.
En ese caso, la DT revisará el otorgamiento del feriado legal obligatorio e irrenunciable en aquellos casos en que se presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, con sanciones de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción. Es decir, fluctuarán entre los $160.428 y los $3.208.560, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
Finalmente, cabe destacar que las mismas normas descritas serán aplicadas en caso de ocurrir una segunda vuelta presidencial.