La Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó en fallo unánime la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago rechazando el recurso de protección presentado que buscaba dejar sin efecto la Resolución de Calificación Ambiental para el proyecto de remediación del terreno de Las Salinas.
La resolución cuenta con la firma de los ministros Sergio Muñoz G., Angela Vivanco M., Adelita Inés Ravanales A., María Teresa De Jesús Letelier R. y Jean Pierre Matus A.
Entre las organizaciones que habían realizado la apelación se encuentran la Corporación Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar, el Movimiento Un Parque Para Las Salinas y más recientemente, la Municipalidad de Viña del Mar.
Barrio Las Salinas destacó que la decisión de la Ilustre Corte Suprema confirma el estricto apego a la ley del proceso de evaluación ambiental del proyecto de saneamiento y la autonomía de las autoridades evaluadoras competentes del proceso ambiental.
La Corte Suprema ratificó una de las conclusiones del fallo de la Corte Apelaciones de Santiago que señalaba: … no se acreditó ningún vicio ni arbitrariedad en el actuar del SEA. En este sentido, el considerando séptimo de la sentencia señala que “(…) de acuerdo al mérito de los datos que constan en esta causa, el Sr. director ejecutivo no ha incurrido en el vicio que se reclama, pues actuó en el marco de sus competencias, analizando con objetividad los antecedentes proporcionados y tenidos a la vista (…)”.
“Este proyecto busca la remediación definitiva de un terreno tan importante para Viña del Mar y que permita buscar, desde el diálogo, un acuerdo público-privado que reintegre este espacio a su desarrollo urbano, generando el mejor proyecto posible que consensen en conjunto las autoridades, las comunidades y la empresa, para todos sus habitantes”, señaló Esteban Undurraga, gerente de Desarrollo de Barrio Las Salinas.
Cabe recordar que anteriormente, tanto la Corte de Apelaciones de Valparaíso como la Corte Suprema habían rechazado un recurso de protección por mediciones de olfatometría, el 21 de enero y 20 de abril de 2020, respectivamente. Asimismo, la Corte de Apelaciones de Santiago ya había rechazado una Orden de No Innovar para suspender los efectos de la RCA el pasado 28 de mayo.
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