En el marco de una nueva conmemoración del Día Internacional de los Trabajadores este 1 de mayo, la Seremi del Trabajo y Previsión Social de la Región de Valparaíso, Susana Calderón Romero, destacó la importancia del diálogo para avanzar hacia el refuerzo y consolidación de los derechos de los trabajadores y trabajadoras.
“Desde el Gobierno del Presidente Gabriel Boric, creemos que la construcción de más y mejores políticas públicas, no sólo aquellas que involucran los temas relativos a nuestra cartera, se hace precisamente, sosteniendo un diálogo horizontal y transversal con todos los actores e instituciones involucradas, y en ese sentido, contar con la palabra y la experiencia de los trabajadores, sus representantes, pero también aquella proveniente de los empleadores, es de suma importancia”, sostuvo la autoridad regional.
En ese sentido, la seremi destacó el proceso liderado por la Ministra del Trabajo y Previsión Social Jeannette Jara, quien durante su primer mes encabezando esta cartera, ha llevado adelante el desafío de avanzar en temas como el salario mínimo y la reforma a las pensiones, incorporando en dicho proceso, a los distintos involucrados en el ámbito laboral y de la producción: “Como Ministerio, hemos podido dialogar de manera directa y constructiva con un amplio espectro, desde la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) hasta la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC), lo cual sienta una base auspiciosa para concretar las tareas y desafíos que tenemos como gobierno, como la consolidación de un sistema previsional con real seguridad social, ingresos dignos para los trabajadores, trabajadoras y sus familias, y la generación de puestos de trabajo formales y estables”.
“Un buen ejemplo de lo anterior es el proceso de Diálogos Sociales lanzado el pasado día 28 de abril por el Presidente Boric en la sede en nuestro país de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), instancia de carácter tripartito que llevará adelante diálogos en todas las regiones de nuestro país, involucrando a cerca de 1500 personas en la construcción de un nuevo sistema de seguridad social, transformándolo en un hito inédito en la historia de nuestro país”, puntualizó Susana Calderón.
1 de mayo: feriado irrenunciable
Recordemos que esta fecha es uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables en el comercio contemplados en la normativa, tal como el del 1° de enero, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre, establecidos como tales a fines de 2007.
El feriado obligatorio e irrenunciable del 1° de mayo impone que el comercio debe estar cerrado desde las 21:00 horas del sábado 30 de abril y hasta las 06:00 horas del lunes 2 de mayo, salvo que los dependientes trabajen en turnos rotativos, caso en el cual estos podrían prestar servicios entre las 21:00 y las 00:00 horas del día 30 de abril o entre 00:00 y las 06:00 del día 2 de mayo cuando el respectivo turno incida en dichos períodos.
Son favorecidos los trabajadores del comercio cuyas labores se relacionen con el expendio o venta directa al público y también quienes cumplen labores íntimamente ligadas con esa función, como cajeros y empaquetadores.
No gozan de este beneficio quienes cumplen otras funciones no directamente ligadas con la venta. Por ejemplo: administrativas, de bodegaje, reposición y transporte de mercadería, vigilancia de seguridad.
Se exceptúan del feriado irrenunciable los trabajadores del comercio de clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret), locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
También deben trabajar los dependientes de las llamadas «tiendas de conveniencia» adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.
Todos estos trabajadores sí tendrán derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador, según la ley 20.918. En virtud de ella, los trabajadores pueden pactar con su empleador la rotación del personal necesaria para este fin. Es decir, si un trabajador laboró el 1° de mayo del 2021 y continúa trabajando para el mismo empleador, esta vez deberá descansar. Asimismo, los locales comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir porque no existe relación laboral en ese caso.
¿Cómo denunciar?
Los trabajadores y trabajadoras del comercio a los que no se les otorgue este feriado obligatorio e irrenunciable pueden hacer su denuncia en el Canal de Atención Telefónico (CAT) de la Dirección del Trabajo, llamando al número 600 450 4000 el domingo 1° de mayo.
Sanciones por incumplimiento
En caso de no cumplir con este feriado obligatorio e irrenunciable, las infracciones serán sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($283.810 al mes de mayo de 2022) hasta 20 UTM ($1.135.240 al mes de mayo de 2022) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).
– De 1 a 9 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.
– De 10 a 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.
– 50 a 199 trabajadores: 10 UTM por cada trabajador afectado.
– De 200 y más trabajadores: 20 UTM por cada trabajador afectado.