Desde hace un tiempo la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas (MOP) y la Comisión Nacional de Riego vienen trabajando de forma conjunta en la conformación de comunidades de aguas subterráneas en Putaendo, San Felipe, Catemu y Llay Llay en la provincia de San Felipe.
Es así que este jueves partirá el proceso judicial de conformación de la comunidad de aguas subterráneas del sector hidrogeológico de aprovechamiento común (SHAC) San Felipe. A la actividad, vía remota, podrá sumarse cualquier titular de aguas subterráneas en dicho sector, por sí o representado legalmente.
El director general de Aguas (s), Cristian Núñez, manifestó que organizar una comunidad de aguas subterráneas “permite generar un ordenamiento y control interno, por medio de una entidad normada por la ley, con atribuciones y deberes, facultada para transparentar, ordenar, medir y controlar las captaciones existentes en el acuífero, velando por el adecuado ejercicio de los derechos de aprovechamiento en tiempo y oportunidad, es decir, caudal máximo de extracción y/o volumen de extracción. De esta manera es más fácil identificar extracciones ilegales con la ayuda de la comunidad de aguas organizada”.
Protección del ambiente
Además, una vez que hayan conformado una comunidad de aguas subterráneas con personalidad jurídica, podrán acceder en conjunto a beneficios como la Ley de Riego (Ley 18.450), Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), Fondos de Protección del Ambiente (FPA), entre otros financiamientos estatales, con los cuales podrán adquirir capacitación técnica y tecnología que contribuyan a mejorar la gestión del recurso hídrico.
Núñez destacó que detrás de este proceso está la Comisión Nacional de Riego, a través de un equipo de la Universidad de Concepción, el que ha ido recabando los antecedentes de los titulares de los sectores acuíferos de Putaendo, San Felipe, Catemu y Llay Llay para avanzar en la construcción de los registros de comuneros, elaboración de estatutos y apoyo al seguimiento del proceso judicial de la conformación de la comunidad. En tanto, la DGA ha liderado la gestión judicial de conformación de Catemu y Llay Llay, tal como la faculta el Código de Aguas, solicitando al juez que cite a todos los interesados a los comparendos y además reuniéndose con los y las titulares de derechos para llegar a acuerdos y hacer más expedita la instancia judicial.
Durante este año, Catemu y Llay Llay comenzaron con el proceso de constitución como organizaciones con personalidad jurídica, también con comparendos telemáticos, y una vez concluidos, podrán registrarse en el Catastro Público de Aguas de la Dirección General de Aguas, quedando constituidas oficialmente las comunidades.
Asesoría técnica
En el nuevo Código de Aguas se establece como tarea de la DGA el brindar asesoría técnica y legal para la constitución y operación de comunidades de aguas subterráneas y organización de usuarios en general.
Las etapas para llegar a conformar una organización de usuarios de aguas lo constituyen una fase previa de difusión y socialización de los beneficios de conformar una comunidad de aguas, reuniones para aclarar dudas y discutir la elaboración del registro de comuneros y estatutos.
La segunda es la constitución por vía judicial, cuando el juez dicta sentencia reconociendo la existencia de la comunidad con el listado de titulares de derechos de aprovechamiento, las acciones que les corresponden a cada uno de los usuarios, los estatutos y la elección de un directorio provisorio.
Por último, en la fase final se dicta la sentencia judicial y los estatutos se reducen a escritura pública y se solicita la inscripción de la comunidad de aguas en el Registro Público de Organizaciones de Usuarios de la Dirección General de Aguas.