Con la ratificación unánime del Senado del informe de la Comisión Mixta sobre la llamada «Ley Antonia», la propuesta legal quedó a un paso de convertirse en ley, restando solo su promulgación por parte del Ejecutivo.
Cabe recordar que se incluyen una serie de modificaciones al Código Penal, al Código Procesal Penal y a otras leyes, para un trato digno y resguardando la vida, la integridad física, y la indemnidad sexual de las víctimas. Asimismo, se incluye un estatuto de garantías para evitar la revictimización, que surgieron a raíz del caso de Antonia Barra.
El informe de la Comisión Mixta incorporó las figuras de inducción al suicidio y el suicidio femicida, castigando a quien, en el marco de violencia de género, cause el suicidio de una mujer, recibiendo hasta 10 años de pena (presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo como autor de suicidio femicida).
Define, además, que la violencia de género es cualquier acción u omisión basada en el género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer. Ello, donde quiera que esto ocurra, especialmente en razón de su género.
Sobre inducción al suicidio se castigará a quien lo induzca con hasta 3 años de presidio (presidio menor en sus grados mínimo a medio); si se produce la muerte, la pena máxima será de 5 años (presidio menor en sus grados medio a máximo) y si la inducción al suicidio y la consecuente muerte de la víctima se produce con ocasión de concurrir alguna de las circunstancias relativas a la razón de género, el agresor recibirá la pena de hasta 10 años (presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo).
La senadora Claudia Pascual, presidenta de la Comisión Mixta, dio cuenta del debate que se dio en la instancia y destacó la aprobación unanimidad de sus integrantes.
“Este es un avance relevantísimo para sancionar conductas graves que han afectado a –principalmente- mujeres, provocando injusticias y dolores irreparables como es la pérdida de vidas”, sentenció.