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Nulidad ley de pesca: Comisión de Intereses Marítimos despachó la iniciativa a su par de Constitución

Redacción by Redacción
15 septiembre 2022
in Regional
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Sernapesca  se reúne de forma virtual con pescadores para avanzar en la facilitación de trámites en contexto de pandemia
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Por 3 votos a favor y 2 en contra, la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, respaldó el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que declara la nulidad de la ley 20657, de Pesca y Acuicultura.

Ahora, la moción deberá ser revisada por la Comisión de Constitución, antes de ser conocida por la Sala del Senado.

Cabe recordar, que la instancia especializada realizó una serie de sesiones de audiencias, en donde se conoció la opinión de pescadores artesanales, industriales y de abogados expertos constitucionalistas.

Entre los integrantes, existe consenso en la necesidad de que, a la brevedad, se llegue una nueva ley de pesca, que incluya la participación de todos los actores; además, los senadores Fidel Espinoza e Iván Moreira instaron al Ejecutivo a que, en paralelo, envíe una ley corta para solucionar los problemas del sector artesanal.

Con todo, los senadores Daniel Núñez, presidente de la Comisión, Jorge Soria y Fidel Espinoza respaldaron la propuesta; mientras que los senadores Alejandro Kusanovic e Iván Moreira votaron en contra.

Argumentación

Durante su argumentación, el presidente de la instancia recordó detalles que involucran a parlamentarios y enfatizó que, ante estos hechos, “se requieren soluciones excepcionales y esta excepcionalidad fundamenta la nulidad.

El parlamento tiene el deber de generar un precedente. La nulidad es un acto ético del Congreso”. A su juicio, haber avanzado con una derogación, “mantendría beneficios a Corpesca y habría que indemnizar. El parlamento tiene el deber de generar un precedente”.

El senador Soria fundamentó su voto, “en el entendido que, a través del proyecto, se busca un remedio excepcional a un problema también excepcional en nuestro ordenamiento jurídico. (…) Fue una ley aprobada con comprobados vicios de legalidad y constitucionalidad”.

A juicio del senador Espinoza “no podemos obviar que, en aquel entonces, 2013, el parlamento estaba coaptado por ciertos intereses. (…) Necesitamos una nueva a ley armónica, pero responsable; transparente, pero que no se maximalista”.

Adelantando su “compromiso y buena disposición para avanzar en una nueva ley”, el senador Moreira rechazó la propuesta pues, a su juicio, “hay consenso en el mundo jurídico que el Congreso no puede declarar la nulidad de una ley, esa declaración debe hacerla la justicia o el Tribunal Constitucional, otra cosa hubiese sido que se presentase un proyecto para derogar”. Sin embargo, aclaró que, pese a sus dudas, no recurrirá al Tribunal Constitucional.

Postura similar hizo presente el senador Kusanovic. “Creo que el espíritu de esta ley es tratar de generar un poco de justicia, pero cuando escuchamos a los abogados constitucionalistas no tenemos la capacidad de anular una ley. Al generar una nulidad generamos injusticia, no todas las empresas deben ser castigadas, lo mismo con los miembros del Congreso”.

Subsecretario

En la oportunidad el subsecretario de Pesca, Julio Salas, reafirmó “el compromiso autoimpuesto del gobierno de ingresar una nueva ley a más tardar en mayo 2023” y, para ello recordó que el trabajo prelegislativo se inició en abril y los diálogos con la pesca artesanal e industrial comienzan el 23 de septiembre.

En la sesión del 12 de septiembre, se escuchó a abogados constitucionalistas, quienes se refirieron a la competencia del Congreso de anular o no una ley. Al respecto, la directora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo, Marisol Peña, indicó que una cuestión es el mérito del texto y otra la posibilidad de anular, lo que “no correspondería”, pues, explicó esto sería resorte de tribunales. El Congreso “no goza de potestades para declarar la nulidad de una ley, por muy potente que sea el vicio que se le achaca”.

Maximiliano Ravest, profesor de derecho constitucional de la Universidad Autónoma de Chile, coincidió en el punto y reforzó que “el concepto nulidad es algo que hacen los tribunales de justicia”; además hizo presente las implicancias y efectos patrimoniales.

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