Luego de que la Compañía Minera Vizcachitas Holding reclamara en contra de la Dirección General de Aguas (DGA) por dos resoluciones exentas que le indicaron el cese inmediato de la extracción de aguas superficiales en el cauce de la Quebrada La Cortadera y la alteración del curso natural del río Rocín y de dos de sus afluentes, la Tercera Sala de la Corte Suprema ratificó estos ordenamientos jurídicos, por lo que la empresa no puede realizar obras que intervengan estos cauces.
El abogado Rodrigo Avendaño de Simbiosis Bioconsultora, quien asesora a la municipalidad de Putaendo en esta materia, explicó que lo anterior confirma que, desde un inicio, los trabajos que esta compañía minera ha realizado en el valle de Putaendo “han sido al margen de la ley, con cierto desprecio a las normas que rigen en el orden ambiental, de agua y de manejo forestal”.
Afirmó que “desde un punto de vista estratégico, me parece que fue un error por parte de la minera llevar este asunto a la Corte Suprema, de momento que nuestras reclamaciones y las reclamaciones ciudadanas que se encuentran en este momento, también van a llegar a la Corte Suprema y a la misma sala que falló este asunto. Por lo tanto, considero que es relevante que la Corte Suprema haya constatado este tipo de infracciones en materia ambiental”.
El alcalde de Putaendo, Mauricio Quiroz, manifestó que “creemos que este fallo de la ilustrísima Corte Suprema, viene a ratificar que estamos en presencia de un mal vecino para Putaendo” y que “éste es un nuevo ejemplo de cómo la minera Vizcachitas Holding ha incumplido las normas y las leyes en nuestro país».
«Además, augura algo que es absolutamente lamentable y predecible, pues esto es una conducta reiterada y que ha tenido otros aspectos como la sanción de la Superintendencia de Medio Ambiente por daño ambiental o la demolición de su campamento por no contar con permisos de edificación. Creemos y sostenemos, como lo hemos dicho en otras oportunidades, que estamos en presencia de una empresa que no respeta las normas, que no se sujeta a la legislación vigente y que augura lamentablemente una destrucción de la naturaleza y un impacto negativo de nuestras comunidades”, expuso.
Grave impacto ambiental
Los cargos señalados por la resolución exenta N°1902 del 18/11/2016 de la DGA, que posteriormente fue ratificada por la misma institución, mediante la resolución exenta N°2203 del 18/11/2019, rechazan la solicitud de invalidación presentada por la minera Vizcachitas Holding.
Lo anterior es de suma relevancia, ya que durante el 2019 se tramitaba el proyecto llamado “Sondajes mineros de prefactibilidad Las Tejas” mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) en el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Valparaíso, en circunstancias que la DGA ya se había pronunciado por captación ilegal de agua sin permiso.
“Se evidencia un impacto ambiental significativo sobre un recurso natural escaso, producto de la declaración de escasez hídrica y agotamiento de la cuenca del Aconcagua, que no fue considerado por el SEA y que otorgó una RCA favorable debido a que el proyecto no causaba impactos ambientales. Esto demuestra la nula coordinación entre los organismos evaluadores en el marco del SEIA y que la minera es un pésimo vecino, cuyas intenciones de instalarse en Putaendo obedecen única y exclusivamente a un fin extractivista”, sentenció el biólogo Salvador Donghi, director de Simbiosis Bioconsultora.