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[Opinión] Stephanie Astudillo: «Pago efectivo de Pensiones de Alimentos»

Redacción by Redacción
2 junio 2023
in Actualidad, Opinión
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[Opinión] Stephanie Astudillo: «Pago efectivo de Pensiones de Alimentos»
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Stephanie Astudillo, Académica Coordinadora Clínica Jurídicas UDLA Sede Viña del Mar.


Chile lleva más de una década buscando una solución al problema por no pago de pensiones de alimentos. La modificaciones a la Ley 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias no han sido suficientes para lograr su cumplimiento íntegro, por lo que en noviembre del 2022 se dicta la Ley 21.389 que crea el Registro Nacional de Deudores, normativa que el pasado 20 de mayo fue reforzada con la entrada en vigencia de la Ley 21.484 de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, que busca dar mayores garantías a los niños, niñas y adolescentes que, pese a contar con una resolución judicial firme en su favor, han visto vulnerados sus derechos en esta materia.

Hoy es posible encontrar mayores sanciones para los deudores que afectan su propio desarrollo económico, pues estos han buscado distintas fórmulas para obtener ingresos y evitar el pago de sus compromisos, siendo la más recurrente el empleo informal.

Con esta nueva ley el pago de la deuda podrá efectuarse con los fondos que el alimentante tenga en sus cuentas bancarias, otros instrumentos financieros o de inversión y, de manera extraordinaria, de no existir dichos capitales o ser insuficientes, podrá realizarse con el dinero disponible en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, considerándose para ello el tiempo que le quede al afiliado para jubilarse.

En este sentido, se espera que la conexión entre tribunales de familia y las aseguradoras de fondos de pensiones funcione de manera eficiente y que en el caso de que los deudores de alimentos ya no cuentan con fondos por los retiros realizados en pandemia, el Estado pueda ocupar todas sus facultades para garantizarlo.

Finalmente, la normativa establece que el plazo de prescripción de las deudas por pensiones de alimentos será en total de 5 años, contándose desde que el titular del derecho cumpla 18 años, dando mayor garantía a estos últimos.

Ojalá estos nuevos mecanismos de pago para las deudas de alimentos logren una mayor eficiencia en el proceso, con más protagonismo del Estado y otras instituciones relevantes, disminuyendo la cifra de más de 30 mil personas inscritas en el registro nacional, quienes suman más de 47 mil millones de pesos adeudados a sus hijos.


 

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