La Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó desalojar en un plazo máximo de cuatro meses una toma de miles de familias en el Cerro la Virgen en la comuna de San Antonio, por considerar que la toma de terrenos es un delito que tiene ‘flagrancia permanente’.
Sin embargo, en el dictamen del tribunal de alzada no obligan ni al Ministerio de Vivienda ni al municipio a reubicar temporalmente a las familias y ya surgen críticas por los problemas para hacer cumplir el fallo.
Fue el 27 de enero de este año que la Inmobiliaria y Constructora San Antonio presentó un recurso de protección, asegurando ser dueña de los paños de 254 hectáreas hace 25 años. Acusan que en octubre del 2019 un grupo indeterminado de personas se tomó los predios.
Los terrenos iban a ser expropiados por el Ministerio de Obras Públicas para la obra de construcción ‘Conexión Vial acceso norte a San Antonio’. El 24 de abril la Dirección de Vialidad desistió de expropiar por no poder efectuar el desalojo.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso desechó el caso en enero por considerar que la acción judicial estaba fuera de plazo, pero en marzo, la Corte Suprema ordenó reabrir la causa bajo la tesis de que al igual que un secuestro, la toma de un terreno tiene ‘flagrancia permanente’. En otras palabras, que el delito siempre se está ejecutando mientras existe una toma.
Fuente: Radio Bio Bio.