El Tribunal Constitucional (TC) decidió declarar inadmisible el recurso de nulidad presentado por la defensa de Martín Pradenas. Esta acción legal había sido presentada por la Defensoría Penal Pública. La que buscó que se declarara inconstitucional el artículo 387, inciso segundo del Código Procesal Penal.
Este artículo cuestionado por la defensa de Martín Pradenas, restringe la posibilidad de interponer un recurso de nulidad contra una sentencia que fue emitida en un segundo juicio. Y la Defensoría Penal Pública argumentó que esta norma viola el debido proceso y el derecho a la defensa al impedir que una sentencia fuera revisada por un tribunal superior.
El recurso había sido acogido para su trámite el 2 de agosto. Sin embargo, el tribunal finalmente lo rechazó esta semana, manteniendo así la sentencia de 17 años de cárcel para Martín Pradenas por múltiples delitos sexuales, según consignó La Tercera.