El pasado 29 de noviembre, el tribunal falló a favor de Miguel Mujica Pizarro, quien presentó un recurso de protección contra el Servicio de Salud de Valparaíso-San Antonio. La impugnación se centró en la Resolución Exenta que dio fin anticipado a su contrato como subdirector de desarrollo institucional subrogante.
Mujica, inicialmente contratado el 31 de enero de 2023 para trabajar en proyectos de Conservación de Infraestructura, vio cambiar su situación el 20 de abril del mismo año. Una nueva resolución lo designó a contrata, grado 5, como subdirector de Desarrollo Subrogante. Sin embargo, el 23 de agosto de 2023, la resolución impugnada puso término anticipado a su contrato, que originalmente debía extenderse hasta el 31 de diciembre.
En su defensa, el Servicio de Salud argumentó que el exfuncionario ingresó a contrata, y según el Estatuto Administrativo, estos empleos duran hasta el 31 de diciembre de cada año. Además, señalaron que su posición era de confianza y que su incorporación sin concurso fue un error del director anterior.
El tribunal, tras analizar la legislación, determinó que la decisión de poner fin anticipado carecía de fundamentación, siendo ilegal y arbitraria. Reconociendo el carácter transitorio de los empleos a contrata, subrayó la necesidad de una fundamentación objetiva para su término anticipado.
El abogado Alejandro Chaparro, representante de Mujica, destacó que «el hecho de que la autoridad tenga la facultad para desvincular a un funcionario no lo libra de la obligación de fundar los actos administrativos».
«Este fue sacado de su trabajo sin razón que lo justifique, es más, el recurrente ingresó al Servicio en atención a sus extraordinarios antecedentes, tanto académicos, laborales y de experiencia, lo que justificó que lo ascendieran a un cargo de jefatura rápidamente. El servicio, sin tener razón alguna, sólo el antojo de alguna autoridad de turno decidió desvincularlo, afectando no sólo las garantías Constitucionales de mi mandante, sino también privando a la región y al Servicio, de un funcionario de lujo. Por eso estamos como estamos», puntualizó.
Como resultado, el tribunal acogió el recurso de protección, ordenando el pago de remuneraciones devengadas hasta el término natural del contrato. Sin embargo, se rechazó la reincorporación, ya que el cargo actualmente está ocupado por otro funcionario.