La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección interpuesto y ordenó el desalojo, en un plazo máximo de cuatro meses, de los ocupantes de la denominada villa «Verde de Loncura» emplazada en la comuna de Quintero, en terrenos que pertenecen a la recurrente.
El fallo plantea que antecedentes que, por lo demás, revelan el carácter indiscutido del derecho que sirve de sustento a la presente acción y la ilegalidad de la conducta desplegada por los recurridos, la que amén de vulnerar manifiestamente la garantía constitucional de la propiedad invocada, al mismo tiempo, pone en evidencia de parte de los recurridos un actuar espurio que atenta contra el orden jurídico en el que se sustenta nuestro Estado de Derecho.
La resolución concluye que, de cuanto se ha expresado, resultando inconcuso la efectiva vulneración al derecho de propiedad en que el recurrente sustenta sus recursos, así como la igualdad ante la ley impetrada, por lo que la presente acción de protección será acogida en los términos que se expresarán a continuación.
Por tanto, resuelve que, todas las personas que se encuentren haciendo ocupación del predio recién individualizado, deberán hacer abandono de los inmuebles que ocupan, disponiendo de un plazo máximo de cuatro meses desde que la presente sentencia quede ejecutada, debiendo retirar del lugar sus enseres, además de las construcciones realizadas en él.
Vía Radio Continental.