Con fecha 19 de diciembre de 2023 el Departamento de Estado de EE.UU. dio a conocer al mundo mediante un comunicado, de su anexión unilateral y con efectos soberanos, de una serie de espacios marítimos en diferentes lugares del hemisferio norte – el Ártico, la costa este del Atlántico, el Mar de Bering, la costa oeste del Pacífico, las Islas Marianas y dos regiones del Golfo de México – que, de acuerdo a la geomorfología de los fondos marinos, cumplirían con los aspectos técnicos que se requieren para ser considerados en lo que se llama una plataforma continental extendida (PCE).
Esta extensión de la plataforma continental más allá de las 200 y 350 millas marinas -si ya las tiene-, se entiende que sólo puede ser aprobada por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), mediante su Comisión de Límites de la Plataforma Continental, única forma de gozar del estatus jurídico correspondiente, reconocido internacionalmente por todos los países que forman parte de la CONVEMAR
Para entender de mejor manera la acción llevada a cabo por EE.UU de América es de utilidad conocer previamente todo lo relacionado con la plataforma continental (PC); que de acuerdo a la CONVEMAR señala que “la PC de un Estado ribereño comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las que se mide la anchura del mar territorial”.
En el caso de la PCE que se auto anexiona EE.UU., se trata de una ampliación de la zona de PC, que alcanza una extensión superior a las 200 o 350 millas marinas contadas desde las líneas de base ya mencionadas y hasta unos límites precisos fijados por esta convención.
La llamada Plataforma Continental Extendida que se adjudicó EE.UU. cubre varias áreas, las que suman un total de aproximadamente 1 millón de kilómetros cuadrados, con predominancia en el Ártico y el Mar de Bering, áreas de creciente importancia estratégica donde Canadá y Rusia también tienen reclamos. Estados Unidos también ha declarado los límites de la plataforma en el Atlántico, el Pacífico y el Golfo de México.
Esta reclamación de PCE dada a conocer por EE.UU. sobre los fondos marinos a los que podría optar como país ribereño, corresponden a un área dos veces el tamaño de California, asegurando de este modo derechos sobre fondos oceánicos potencialmente ricos en recursos, en un momento en que Washington está intensificando sus esfuerzos para salvaguardar los suministros de minerales clave para tecnologías futuras.
No obstante, resulta adecuado dar a conocer, que EE.UU. no forma parte de la CONVEMAR, la que desde su creación (1982), nunca estuvo dispuesto a ratificar, afirmándose para ello en su influencia internacional y gran poderío militar.
Desde este punto de vista, este gran país del norte, por su actuar unilateral en estas materias, no tiene un respaldo ni un reconocimiento para su reclamación territorial por parte de los demás países miembros de la CONVEMAR, que es la única instancia que la puede otorgar o rechazar.
El Departamento de Estado de EEUU asegura que han cumplido al pie de la letra el derecho internacional para redefinir su PC, señalando que esta llega más lejos de lo que hasta ahora se reconocía (200 millas marinas).
Al respecto la CONVEMAR afirma, que los países pueden tener derechos sobre esta área si pueden demostrar que la prolongación natural de su plataforma continental se extiende más allá de la Zona Económica Exclusiva (ZEE). Eso sí, tiene que haber un proceso científico minucioso, que considere la presentación por parte del país correspondiente, de datos geológicos e hidrográficos detallados a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, que demuestren la extensión natural de la plataforma, proceso que implica estudios oceanográficos avanzados y análisis rigurosos.
Es importante aclarar que la PCE incluye sólo el lecho marino y el subsuelo del área submarina, mientras que la ZEE, incluye también la columna de agua. Según el derecho internacional, cada país tiene derechos económicos sobre los recursos naturales en y bajo el lecho marino, según los límites de sus plataformas continentales.
Desde este punto de vista y dado que las condiciones globales y estratégicas han cambiado de manera importante; es que muchas instancias al interior del país, han recomendado de la urgencia que EE.UU, ratifique a la brevedad esta convención, convirtiéndose en uno más de sus países miembros; para así lograr que sus reclamaciones actuales y futuras estén en el ámbito del derecho internacional marítimo.
Esto es así de importante para EE.UU., considerando que tanto Rusia como China tienen planes expansionistas más allá de su ZEE, los que, por ser signatarios de la CONVEMAR, se ubican con más posibilidades en sus pretensiones de reclamación de PCE, situación que podría generar a futuro algún conflicto entre estos países.
En este contexto y según explica Jan Jakub Solski, profesor en la Universidad Ártica de Noruega y analista en el Instituto Ártico, al no tener que acudir al organismo competente en la ONU, – Comisión de Límites de la Plataforma Continental- «EEUU socava el proceso internacional establecido, generando incertidumbre sobre la credibilidad y aceptabilidad de los límites de su reclamación de plataforma continental extendida».
Es posible que EE.UU. cumpla con todas las condiciones científico-técnicas que se requieren para anexarse la gran cantidad de áreas en calidad de PCE, pero lamentablemente por el hecho de no ser país miembro de la CONVEMAR y por actuar unilateralmente, ignorando por completo los protocolos establecidos para su acceso a este reconocimiento, estos estudios no le sirven, pues puede cumplir desde el punto de vista científico-técnico, pero por otro lado no se atiene a los dictados del derecho internacional marítimo.
Chile y su reclamación de Plataforma Continental Extendida
Chile en su calidad de país miembro de la CONVEMAR, teniendo en claro los derechos adquiridos que tiene sobre su mar territorial de 12 millas marinas, su Zona Económica Exclusiva de 200 millas marinas y su plataforma continental extendida de 350 millas marinas para Isla de Pascua (Rapa Nui), e Isla Salas y Gómez (Motu Motiro Hiva), y teniendo como base todos los estudios científicos realizados durante la última década en esta área oceánica, nuestro país, con fecha 21 de diciembre de 2020, por intermedio del embajador de Chile ante la Naciones Unidas, Milenko Skornic, hizo entrega formal a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas, el respectivo informe con todos los antecedentes que le son exigidos por este organismo internacional, para la reclamación de una plataforma continental extendida más allá de las 200 millas marinas, que pudiese llegar o sobrepasar las 700 millas marinas; área de plataforma correspondiente a la parte oriental de la provincia de Isla de Pascua.
Las formaciones geológicas y las cordilleras submarinas, de las que son parte emergida las Islas de Pascua y Salas y Gómez y que conforman una extensa plataforma continental en dirección a Salas y Gómez, permiten que se configure una condición especialísima que juega en favor de la reclamación que está haciendo nuestro país, plataforma que según los estudios científicos realizados sobrepasaría las 200 y 350 millas marinas y como ya se dijo anteriormente, podría llegar o sobrepasar las 700 millas marinas, que es lo que se está tratando de fundamentar, considerando para esto, todos los antecedentes científicos que avalan dicho fin, única forma de alcanzar la necesaria soberanía y jurisdicción sobre dichos espacios marítimos.
Finalmente y de conformidad con todo lo expuesto anteriormente, es posible apreciar todos los hechos de la causa, como para que un país pueda solicitar anexarse algunas áreas del fondo marino como ampliación de sus límites jurisdiccionales marítimos, que se extiendan más allá de su ZEE; teniendo presente que esta reclamación siempre deberá llevarse a cabo en cumplimiento de los protocolos establecidos por la CONVEMAR, mediante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas, condiciones que Chile ha cumplido a cabalidad, las que se espera pueda cumplir EE.UU. u otro país en condiciones similares, para que así este país y otros puedan alcanzar un reconocimiento formal al amparo de la CONVEMAR y de esta forma fortalecer este importante instrumento de regulación oceánica internacional.
Silvio Becerra Fuica, Diplomado en Gestión Integrada de Zonas Costeras/Cartógrafo Náutico.