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Ley Corta de Isapres comenzará a implementarse el 1 de septiembre: ¿Cuáles son los puntos clave de la normativa?

Este 1 de septiembre entró en vigor la Ley Corta de Isapres en el país, la cual introduce una serie de modificaciones diseñadas para mejorar la equidad y transparencia del sistema privado de salud. La normativa, además, contempla la devolución de cobros en exceso a cerca de 700 mil afiliados y afiliadas.

Redacción by Redacción
3 septiembre 2024
in Actualidad
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Ley Corta de Isapres comenzará a implementarse el 1 de septiembre: ¿Cuáles son los puntos clave de la normativa?
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Por equipo de www.actualidadjuridica.doe.cl

Luego de intensos meses de debate legislativo, el pasado 13 de mayo fue aprobada la Ley Corta de Isapres, iniciativa que busca dar viabilidad financiera a las aseguradoras tras los distintos fallos de la Corte Suprema que las obligó a devolver cobros en exceso y a ajustar sus planes de salud.

La normativa, que tiene un sistema especial para hacer cumplir los fallos del máximo tribunal sin dejar caer en insolvencia al sistema, comenzará a aplicarse en el país el próximo 1 de septiembre.

Uno de los aspectos más destacados de la ley corta es la regulación de las cotizaciones y primas. A partir de septiembre, las isapres deberán ajustar sus planes de salud para cumplir con las nuevas normas que limitan los incrementos en las primas y estandarizan los costos de los planes. Este cambio busca proporcionar mayor estabilidad financiera a los afiliados y evitar aumentos desproporcionados.

Además, la ley exige que las isapres proporcionen información más clara y accesible sobre sus planes de salud. Esto incluye un desglose detallado de los costos y coberturas, así como de las exclusiones y limitaciones. El objetivo es que los afiliados y afiliadas puedan tomar decisiones más informadas sobre su elección de plan de salud.

Otro de los puntos más relevantes de la normativa es la devolución de los cobros en exceso que deberán restituir las aseguradoras a cerca de 700 mil usuarios del sistema. En ese sentido, las distintas isapres deberán presentar un plan de pago para cada uno de los afiliados, según corresponda. Respecto a los plazos para los pagos, la ley establece un tope de 13 años para concretar la devolución de los cobros en exceso.

Sobre la devolución de los cobros en exceso, se refirió el exsuperintendente de Salud y director del Instituto de Salud Pública Universidad Andrés Bello, Héctor Sánchez, quien aseguró que, dadas las circunstancias, las isapres generarán menores ingresos.

“En estricto rigor, difícilmente las isapres van a poder resolver esta baja en los ingresos solo con ajustes de eficiencia. Probablemente tendrán que ajustar los precios de forma sucesiva con el objetivo de equilibrar la empresa y avanzar hacia un cierre de la institución. Esas son las consecuencias que se podrán ver durante las próximas semanas”, aseguró el exregulador.

La nueva legislación también aborda la cobertura de enfermedades preexistentes. Aunque las isapres aún podrán considerar ciertos riesgos, la ley establece directrices más claras para asegurar que las condiciones preexistentes sean tratadas de manera más justa, buscando proteger a los afiliados de discriminación y exclusiones injustificadas.

La Ley Corta de Isapres, además, refuerza el rol de la Superintendencia de Salud en la supervisión del sistema de isapres. Esto incluye mayores facultades para fiscalizar y sancionar a las isapres que no cumplan con las nuevas normas. La medida busca garantizar que las isapres actúen de acuerdo con los estándares establecidos y protejan los derechos de los afiliados.

Finalmente, se introducen nuevos mecanismos para la resolución de conflictos entre los afiliados y las isapres. Estos mecanismos están diseñados para ofrecer soluciones más rápidas y efectivas a las disputas que puedan surgir, mejorando el proceso de resolución de conflictos y proporcionando un acceso más sencillo a la justicia para los afiliados.

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