Este 15 de abril y por decreto del Ministerio de Salud, comenzó el uso obligatorio de mascarillas en servicios de urgencia, tanto públicos como privados.
Se establece el uso obligatorio de mascarillas para “el equipo de salud, incluidos los profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y alumnos en práctica; paciente y cualesquiera otras personas que se encuentren en los mencionados servicios de urgencia de todos los niveles de atención”.
Lee Respecto a los modelos, el Decreto deja establecido que se entenderá por mascarillas, las médicas, también llamadas quirúrgicas, de procedimiento y de tres pliegues. A menudo son de color azul claro o blanco, aunque también se pueden encontrar en otros tonos.
Estarán permitidas las mascarillas de alta eficiencia tipo N95, KN95 y equivalentes. Cabe recalcar que las mascarillas de tela no cumplen con lo estipulado por el decreto del Minsal, por lo que no deben ser utilizadas en establecimientos de salud.
Las personas que incumplan el uso de mascarillas en centros de salud se arriesgan a las siguientes sanciones:
Desde presidio menor en su grado mínimo a medio (desde 541 días a 3 años y un día de cárcel) O multa de seis a doscientas unidades tributarias mensuales (casi $410 mil a poco más de $13 millones y medio). Lo anterior, por poner en peligro la salud pública, según el artículo 318 del Código Penal.