Karim Chahuán Cerna, el concejal de La Calera detenido en diciembre de 2019 por el saqueo del Mall Open Plaza de esa comuna presentó un requerimiento de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional. Esto, para evitar que el Ministerio Público agrupe su causa a la de otras personas juzgadas bajo la Ley de Drogas.
El requerimiento del primo en tercer grado del senador y precandidato presidencial RN, Francisco Chahuán, busca que se declare inaplicable el artículo 185 del Código Procesal Penal (CPP) a fin de evitar que la fiscalía agrupe ambas investigaciones para resguardar el “debido proceso“ y “el principio de inocencia”.
Esto luego que en los meses de abril y mayo del año 2019, se iniciara una investigación por tráfico ilícito de estupefacientes ante el Juzgado de Garantía de La Ligua. En esa causa el “empresario”-como es definido por su defensa- no ha sido formalizado y ha presentado una serie de antecedentes requeridos, sostiene el documento.
En este, el edil cuestiona duramente la cobertura mediática a la que ha estado sujeto a raíz de su detención. “Los matinales han gastado horas de transmisión, alimentados con las sobre expectativas en relación a esta causa, de supuestos nexos, facilitaciones, o relaciones de conocimiento de Chahuán con terceros delincuentes traficantes”, advirtió en su requerimiento.
A Chahuán se le formaliza como “líder de una banda destinada al saqueo”. “Así se indicó en medios electrónicos y en dichos de la fiscalía a los medios de comunicación social: El señor Chahuán Cerna, era quien mantenía la dirección de esta agrupación delictiva, particularmente porque él es quien efectivamente propone la comisión del hecho y además dispone de los elementos materiales para su ejecución”, indica el escrito citando una nota del matinal Hola Chile de La Red.
Por otro lado, sin apuntar directamente a la Fiscalía, su defensa sostuvo que “se ha amenazado en reiteradas audiencias con agrupar una causa con evidencia ajena por hechos ajenos para intentarle dar más cuerpo a esta investigación y simplemente tratar de mantener preso a Karim, por una causa que aún no sabemos cuál es”.
En un segundo registro de las oficinas de Chahuán Cars y 30 días de su detención se encontraron “15.3 gramos de cannabis sativa”. “Este hallazgo equivale a no más que un cigarrillo, y eso es el tráfico de drogas tan vociferado que tiene hasta hoy preso a nuestro cliente”, remató el requerimiento presentado por su abogado Juan Carlos Manríquez.
De acuerdo a la Fiscalía, por medio de escuchas telefónicas de la Policía de Investigaciones al edil se pudo conocer que el imputado mantenía contacto y facilitaba autos en la compra y venta de vehículos de su propiedad de nombre Chahuán Cars, suministrando a Matías Guzmán y John Villalobos, quienes conformaron una agrupación delictivas para conocer los delitos de robo con intimidación, trafico ilícito de drogas y posesión de armas de fuego. El concejal también es acusado por coaccionar al encargado de los corrales municipales de La Calera, diciéndole que no debía llevar su automóvil, porque él era concejal y hablaría con el gobernador y capitan de Carabineros.
No obstante, la versión de su defensa es totalmente distinta a la exposición de la fiscalía. Para sus abogados, Chahuán es detenido por conducir un vehículo 11 horas después del inicio de los disturbios del centro comercial. Trasladó a dos personas fuera del Mall Open Plaza La Calera y él en ningún momento ingresó al lugar de los delitos.
Asegura que no tuvo conexión con desmanes
De acuerdo a su defensa, el concejal trasladó los presuntos saqueadores, quienes ingresaron al centro comercial, por medio de un forado no realizado por ellos. “Él ha insistido en que no está conectado ni temporal ni psicológicamente con los desmanes que provocaron la rotura de los resguardos del establecimiento comercial. La sustracción de bienes muebles realizada por el coimputado en esta causa y un tercero, tiene el carácter de hurto de especies”, acotó el requerimiento.
Y remató: “si es autor inmediato y directo de una receptación de un delito de hurto, por un horno microondas que compró en $30.000, la pena estaría igualmente cumplida en circunstancias que está privado de libertad desde el 2 de diciembre del año 2019”.
Más directo en sus alegaciones, la defensa de Chahuán planteó que “cuando a usted se le persigue por actos ajenos, con evidencia ajena, se viola el principio de la personalidad de la culpa, y así se vulnera todo el sistema procesal penal, de raíz acusatoria y culpabilística”.
Es como “dime con quien antes (N. de la R: andas) y te diré quién eres. O sea, el reino del prejuicio y del perjuicio procesal, basado en el Ahí vemos”, acotó el requerimiento.
“Como se evidencia, la agrupación de causas, facultada por el artículo 185 del CPP tiene en el caso concreto, un efecto aberrante, cual es, el impedimento de defenderse de los cargos propios de manera exclusiva, sino también de toda la nueva causa que se adhiere a esta, causando graves consecuencias procesales de desprotección, desigualdad ante la ley y de trato procesal”, remató.
Por otro lado, por medio de un escrito, el Fiscal Adjunto de la Fiscalía regional de Valparaíso, Felipe González sostuvo que de acuerdo a las audiencias desarrolladas en la causa “existen solo dos personas imputadas, Llamal Chahuán Cerna y Francisco Escobar Guzmán, siendo todos los hechos formalizados, referente a dichos imputados, los cuales no se extienden siquiera de forma indirecta en su contenido a don Pedro Melo Cartagena”.
La aclaración la realizó el persecutor, luego que Luis Madariana, abogado de Melo, quien es apodado como “La Ballena” solicitó ser ingresado a la presente causa a raíz de un artículo publicado por Ciper Chile.
(Fuente: La Tercera).