La Corte Suprema acogió doce recursos de protección presentados contra las isapres Consalud, Colmena, Cruz Blanca, Vida Tres, Banmédica y Nueva Más Vida, y les ordenó suspender las alzas anuales de 7,6 por ciento aplicadas a sus planes base de salud.
En las sentencias, la Tercera Sala del máximo tribunal —integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus— dictó una serie de medidas destinadas a comunicar a las isapres, la Superintendencia de Salud y las Cortes de Apelaciones del país las decisiones para resolver casos similares.
En su fallo la Tercera Sala del máximo tribunal estableció el actuar arbitrario de las isapres al comunicar de manera general el alza de los planes a los afiliados sin entregar mayores antecedentes que justifiquen el incremento de los estos a cada uno de los afiliados y sin fundamentar su decisión más allá de las razones que dio la Superintendencia de Salud para justificar los incrementos.
“Que, en consecuencia, si bien es posible afirmar que, conforme con la nueva regulación antes transcrita, la razonabilidad o justificación requerida para una propuesta de variación del precio base de los planes de salud hecha por una Isapre no exige una vinculación directa con los planes individuales, sino que es de carácter general, aplicable “a todos los planes de salud” ofrecidos por la Institución de Salud Previsional correspondiente, también lo es que tal variación debe justificarse en los precisos factores que la Ley N° 21.350 establece, reseñados en el considerando anterior” , dicen los fallos.