Jorge Jaraquemada, presidente del Consejo para la Transparencia (CPLT), ha planteado la propuesta de una ley corta que se haga cargo de las materias más urgentes en términos de resguardo y tratamiento de datos personales de pacientes y ciudadanos en el contexto del control y gestión de la emergencia sanitaria por el Covid-19.
Jaraquemada, señala que «hay ámbitos esenciales. Es necesario establecer una agencia que sea garante de los derechos y responsabilidades en el tratamiento de datos. Y un procedimiento sancionatorio que dé certezas tanto a los titulares de los datos como a quienes ejercen el tratamiento de estos”.
Uno de los aspectos más urgentes a juicio del CPLT refiere a los datos de personas enfermas por Coronavirus y casos sospechosos, dado que el estado de salud no sólo es un dato personal -cuya protección tiene rango constitucional-, sino además es un dato sensible por lo que se encuentra bajo un régimen especial de protección.
Desde el CPLT se subraya que no existen protocolos claros para el acceso a información personal como el estado de salud y la ley tampoco establece condiciones de tratamiento ni plazos en los cuales cualquier organismo puede mantener esta información almacenada. Otra arista del mismo tema advierte Jaraquemada, refiere a la gran cantidad de datos que se están recopilando de las personas en el contexto de la emergencia y que están siendo tratados no sólo por organismos públicos, sino por empresas que mantienen contratos con entidades del nivel central y local.
El máximo representante del CPLT, organismo a cargo de velar por el cumplimiento de la ley en materia de privacidad en entidades públicas, insistió -como lo ha hecho la entidad que lidera desde que se verificaron los primeros casos confirmados de Coronavirus en Chile-, que las acciones de las entidades estatales deben poner el acento en la transparencia, pero también en el resguardo de la información personal de los pacientes y de las personas que están entregando datos personales sensibles, están realizando una serie de trámites en línea o trabajando de forma remota en el marco de la emergencia por el Coronavirus.
En este sentido y dado que la ley de protección de datos personales es de 1999, previo a la masificación del uso de Internet y cuando ni siquiera se pensaba en el uso de video llamadas o en tecnologías como el perfil biométrico, Jaraquemada reconoce lo poco adecuado del marco regulatorio vigente: “Tenemos una regulación que no da el ancho para proteger ni a pacientes ni a personas que usan las plataformas digitales estatales” apuntó.
Respecto de la información personal que se recopila mediante trámites remotos, por ejemplo, vía Comisaría Virtual, el presidente del Consejo aseveró: “No hay claridad respecto de qué ocurre con dichos datos , dónde y en qué condiciones son almacenados. , y si estos son posteriormente sometidos a algún tipo de tratamiento”.
Aplicaciones para comunicación y educación remotas
El Consejo ha realizado una serie de recomendaciones relativas al uso de herramientas tecnológicas para comunicarse de manera remota. Esto dado que “la condición de aislamiento social en que se encuentran muchas personas ha significado una masificación en el uso de aplicaciones de comunicación virtual por vía remota”, explicó el presidente del CPLT. Agregó que “En la actual situación de la legislación, es prácticamente nada lo que se puede hacer para otorgar protección a las personas que utilizan dichas aplicaciones y que pueden ver vulnerados sus derechos”.
Respecto de datos de menores, en el caso del uso de aplicaciones que se utilizan habitualmente y en relación al uso de herramientas tecnológicas para educación a distancia, el titular de Transparencia afirmó que: “No consta que exista algún tipo de resguardo especial sobre los datos personales de dichos menores”.