La decisión, impulsada por Gendarmería en un recurso presentado, invalida las autorizaciones y destaca la falta de facultades del juez Urrutia para otorgar dichos beneficios.
La Corte de Apelaciones de Santiago ha dejado sin efecto las autorizaciones de videollamadas concedidas por el juez Daniel Urrutia a reclusos de la cárcel de Alta Seguridad. La medida, que había sido impugnada por Gendarmería, fue anulada mediante un recurso presentado por la institución.
En el fallo emitido, la Corte comunicó su decisión de revocar el fallo en revisión respecto a dos internos a quienes se les había permitido realizar videollamadas con terceros. Asimismo, se revocó una resolución que mantenía la decisión de autorizar visitas mediante videollamadas a otros cuatro internos, incluyendo la visita íntima solicitada por el recluso extranjero Rafael Marín Vielma.
La Corte argumentó que el juez Urrutia carecía de facultades para conocer estas solicitudes, ya que la medida cautelar de prisión preventiva fue dictada por distintos tribunales de garantía del país, ninguno de los cuales era el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, a cargo de Urrutia.
Además, el documento destaca que las autorizaciones concedidas por el juez Urrutia contradecían las normas administrativas que regulan la seguridad en los establecimientos penitenciarios. Se señala que estas autorizaciones, además de presentar vicios evidentes, contravienen el principio de legalidad establecido en la Constitución Política de la República.