La Comisión Nacional de Uso del Borde Costero, en su última reunión del año, aprobó por la unanimidad de sus miembros asistentes, la nueva Política Nacional de Costas, instrumento que fue sometido a un proceso de consulta ciudadana; el que reemplazará a la actual Política Nacional de Uso del Borde que mantuvo su vigencia por más de 30 años.
Esta nueva Política Nacional Costera, deberá ser firmada por el presidente de la República, decreto que posteriormente será elevado a la Contraloría General de la República para la respectiva toma de Razón, el que, una vez aprobado por ésta, será publicado en el Diario Oficial, entrando en vigencia su aplicación.
La intencionalidad de esta nueva Política, en términos teóricos, se podría decir que cumple con todos los elementos requeridos, como para que se genere en la práctica una necesaria vinculación con todos aquellos organismos y aspectos que son fundamentales para el logro de los objetivos planteados en ésta; que permitan una amplia gobernanza para una adecuada administración de las Zonas Costeras; nuevo y renovado concepto, que es el que más se acomoda a la realidad que se genera en la interfaz entre el mar, la tierra y también el aire, el que reemplaza al ya obsoleto concepto de Borde Costero.
Si bien es cierto, la aplicación y obtención de resultados efectivos para una política nacional como ésta, siempre será de largo plazo; es deseable por cierto que no se prolongue tan largamente en el tiempo, como ocurrió con la Política Nacional de Uso del Borde Costero, que después de 30 años aún se mantiene vigente, caracterizándose por su lento funcionamiento, desprovista de grandes resultados, la que fue promulgada mediante D.S. (M) Nº 475 de 1994.
Durante los 30 años de aplicación de la Política Nacional de Uso del Borde Costero (PNUBC), la creación de la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero (CNUBC) y respectivas Comisiones Regionales de Uso del Borde Costero (CRUBC); por el tiempo ya transcurrido se puede apreciar que uno de los objetivos fundamentales de toda esta estructura administrativa y legal -proceso de zonificación de usos en el borde costero, regulación y fiscalización de actividades económicas y de otro tipo- creada para cumplir dicho objetivo, resultó ser poco efectiva, considerando como ya se dijo su larga vigencia. No obstante, hay que reconocer que el país no estaba preparado para asumir en la práctica los ambiciosos objetivos que se planteó para llevar adelante un manejo y administración adecuada del borde costero.
Una muestra palmaria de ello, se encuentra en el hecho de que durante todo este tiempo sólo se logró aprobar con su respectivo decreto supremo las zonificaciones de las Regiones de Aysén y de Coquimbo, y con aprobación de la CRUBC, pero sin decreto la zonificación de la región del Bío Bío. El resto de las regiones se encuentran en diferentes etapas de desarrollo, pero que en definitiva nunca lograron su respectivo decreto.
Quizás habría que hacerse la pregunta del ¿por qué la PNUBC resultó hasta ahora tan poco eficiente en cuanto a sus logros y resultados?, respuestas que sin duda serían un positivo aporte para la nueva Política Nacional Costera.
Es posible que algunas causas pudieran ser, la aplicación de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), instrumento que indudablemente retrasó y paralizó todos los procesos regionales de zonificación hasta el día de hoy; como también la falta de una visión sistémica que pudiese superar todos los posibles conflictos intersectoriales; agregando a esto una gran diversidad de leyes particulares, correspondientes a diferentes organismos del Estado, encargados cada uno de éstos de administrar una sola parte de este borde costero, lo que ya constituye una ventana abierta para posibles errores y generación de conflictos, llegado el momento de autorizar nuevas actividades o de fiscalizar las ya existentes.
En relación a la EAE es preciso decir que este es un proceso totalmente necesario de realizar desde el punto de vista ambiental, pero que su aplicación en la nueva Política Nacional Costera debe reconsiderarse con el fin de minimizar los tiempos que esta requiere para cada uno de los proyectos en que se requiera su aplicación.
Frente a la acción del Estado y de su administración sobre el borde costero, existen según ya se mencionó, diferentes cuerpos legales y reglamentarios, que tienden a normar desde sus respectivas competencias los usos que corresponde autorizar; respecto de esto, es posible apreciar, que entre estos mismos cuerpos legales existe a veces diferencias relativas a determinados asuntos, por lo cual, se requiere necesariamente de una instancia que permita establecer una coincidencia desde el punto de vista legal, apuntando a un objetivo más integrado y racional llegado el momento de autorizar una ocupación en el borde costero. Este es uno más de los problemas de la administración del borde costero, el cual se espera debería ser enfrentado y superado en un tiempo razonable por la nueva Política Nacional Costera.
En este contexto es beneficioso recordar, que la idea de revisar la PNUBC con el fin de actualizarla y modificarla ha sido transversal a tres gobiernos, comenzando con Bachelet (2017), continuando con Piñera (2018-2022) y Boric (2022- 2026), la que habrá de continuar con Kast (2026-2030).
Finalmente, y como esta situación no puede seguir extendiéndose en el tiempo, es necesario que el nuevo gobierno tome cartas en el asunto y acelere los procesos de la nueva Política Nacional Costera, porque de ello depende el progreso y el desarrollo de nuestro país.
Silvio Becerra Fuica
Diplomado en Gestión Integrada de Zonas Costeras
Cartógrafo Náutico.




















