Finalmente el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) declaró inadmisible la apelación de la UDI hecha ante este organismo, luego de que el Tribunal Electoral (TER) de Valparaíso rechazara la reclamación que buscaba que se aceptara la candidatura a primarias por la comuna de Catemu del actual alcalde de Panquehue, Luis Pradenas. Ésta fue desestimada inicialmente por el Servicio Electoral (Servel) debido a la ley de límite a la reelección.
El jefe comunal panquehuino fue inscrito por la UDI para participar de las primarias de Chile Vamos en Catemu, es decir una comuna distinta a la cual actualmente representa. Pradenas es alcalde de Panquehue desde el 2008, siendo reelegido en dos ocasiones y según lo que indicó Servel, el postulante «excede dos periodos para ser reelegido en el cargo».
Cuando el TER rechazó las pretenciones del gremialismo, al tomar en cuenta el límite de reelección de autoridades, indicó en sentencia que en «la norma transcrita no aparece distinción alguna respecto del territorio en que se ejerce el cargo de alcalde para los efectos de limitar el alcance de la inhabilidad en comento y que, en el ámbito del derecho público – sede en la cual nos encontramos- al intérprete no le cabe distinguir, cuando el legislador no lo ha hecho».
De esta forma, se apunta que «de aceptarse la tesitura del reclamante habría que aceptar que, mediante el recurso al cambio de territorio comunal, la reelección de un ciudadano que ejerce como autoridad alcaldicia no encontraría límite temporal alguno; situación que resulta del todo contradictoria con la finalidad de la reforma constitucional sancionada».
Esta vez, no obstante, la razón entregada por el Tricel al declarar inadmisible la apelación de la UDI fue que éste se presentó fuera de plazo. «En contra de la sentencia pronunciada por los Tribunales Electorales Regionales, procederá el recurso de apelación para ante el Tribunal Calificador de Elecciones, el que deberá deducirse en el Tribunal recurrido dentro del plazo de tres días corridos contados desde la notificación practicada por el estado diario (…) Que la sentencia impugnada fue notificada por el estado diario con fecha 15 de octubre de 2020 y el recurso fue interpuesto el día 19 de octubre del mismo año, esto es, el cuarto día contado desde la notificación de la sentencia. Por los motivos expuestos y norma citada, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación (…), indica la sentencia del Tricel.
(Foto: Municipalidad de Panquehue).