Hoy se dio a conocer el Informe Anual del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) sobre la Situación de los Derechos Humanos en Chile en 2019, que está centrado en la crisis social y política que se activó en el país y da cuenta de las observaciones directas de los funcionarios del INDH, desplegados a lo largo del país, en unidades policiales, centros de salud y manifestaciones públicas, en el período comprendido entre el 17 de octubre y el 30 de noviembre de 2019.
El texto consta de cinco capítulos en los que se sistematiza, analiza y describen las “graves violaciones a los derechos humanos” ejercidas por agentes del Estado. Además, sostiene que el conflicto social que se ha desarrollado en el país se gestó durante “décadas de falta de respuesta de nuestro sistema político a las demandas principalmente sociales”, lo que derivó en evasiones masivas por el alza en 30 pesos de la tarifa del Metro de Santiago. Protesta que el 18 de octubre irrumpió con una masiva expresión de descontento “con toques de cacerolas en distintas regiones del país, manifestaciones masivas, bocinazos en las calles, entre otras expresiones de malestar”.
En el escrito se destaca que, desde el primer momento, el INDH comenzó a monitorear la situación y se hicieron llamados para que el control del orden público se realizara de “manera proporcional, apegado a derecho y ajustado a los protocolos institucionales”.
«Se han violado gravemente los derechos a la vida y la integridad física y psíquica”
En el capítulo Violaciones a los Derechos Humanos se ofrece un análisis de la información recopilada por el INDH a partir de la observación directa por sus funcionarios. A partir de estos datos, “el Consejo del INDH ha llegado a la convicción de que, a la fecha, se han violado gravemente los derechos a la vida y la integridad física y psíquica”.
El texto otorga especial preocupación a las denuncias relacionadas con el “uso indiscriminado de perdigones, torturas con connotación sexual y lesiones oculares. De acuerdo a las inspecciones realizadas en recintos hospitalarios al 30 de noviembre, hubo un total de 347 personas con heridas oculares, entre las que se cuentan estallidos del globo ocular, pérdidas de visión por trauma ocular irreversible y traumas oculares. A esa fecha de corte, el INDH había presentado 29 querellas por ese tipo de afectaciones.
Además se constata que “el mayor número de muertes y la mayor proporción de lesiones por trauma ocular, como de personas heridas, se produce durante el período de Estado de Emergencia”.
El informe asegura que existe falta de control sobre los medios disuasivos que utiliza Carabineros, “problema que se explica, entre otras causas, por una indebida autonomía exhibida desde el inicio de la democracia, por parte de dicha institución, respecto de la autoridad civil”.
“El Estado ha faltado gravemente a su deber de proteger una serie de derechos humanos como el derecho a la vida, integridad personal, propiedad privada, libertad de circulación, al no haber podido garantizar el orden público y la seguridad ciudadana”, señala el documento.
Asimismo advierte que hay “antecedentes robustos” que permiten señalar que el país está frente a situaciones de graves y muy numerosas violaciones, las que no son simples abusos o excesos aislados. En este lapso se han conculcado numerosos derechos humanos, especialmente, aquellos relativos a la vida y a la integridad personal”. En este sentido, el informe divide de la siguiente forma las violaciones a los derechos humanos.
a) Derecho a la vida: Se contabiliza la presentación de 5 querellas individuales por homicidio consumado y 12 querellas en favor de 20 víctimas por homicidio frustrado. De las querellas por homicidio presentadas por el INDH, 5 de las 6 corresponden a delitos ocurridos en el Estado de Emergencia decretado por el Presidente de la República.
b) Derecho a la integridad personal: A partir de los registros levantados por el INDH se constatan graves violaciones al derecho a la integridad personal, con un alto número de personas con daño, trauma o estallido ocular, por impactos provenientes de municiones de escopetas antidisturbios de Carabineros. El registro del INDH al 30 de noviembre da cuenta de 29 querellas referidas a traumatismos oculares.
En virtud de estos antecedentes se cuestiona el accionar de Carabineros por la utilización de escopetas antidisturbios y balines sin respetar protocolos para el mantenimiento del orden público, basados en el derecho internacional de los derechos humanos. También se critica la excesiva demora del alto mando institucional en tomar medidas efectivas para evitar la comisión de actos que lesionan los derechos humanos.
Recomendaciones
El Consejo del INDH recomienda que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública disponga que las Fuerzas de Seguridad y Orden Público hagan uso de la fuerza con estricto apego al respeto de los derechos humanos y que respondan a los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y responsabilidad. Para ello se debe asegurar que el uso de las escopetas antidisturbios de carabineros se apegue a los protocolos pertinentes. También se debe instruir a la policía uniformada para que el uso de agentes químicos se ajuste al respeto de los derechos humanos, que estos no sean lanzados ni detonados en dirección al cuerpo de las personas y que se revise su composición.
Carabineros de Chile debe ser instruido respecto a que las detenciones se ajusten a la legalidad vigente y que las personas detenidas sean tratadas dignamente. Deben quedar absolutamente excluidas “la aplicación de torturas ya sean físicas, sexuales o psicológicas, u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, como desnudamientos y/o la realización de actividades físicas de variada consideración”.
Además se recomienda adoptar medidas respecto a la estructura orgánica, cultura interna, doctrina y protocolos de las Fuerzas de Orden y Seguridad para que su misión se realice en observancia de la promoción y protección de los derechos humanos. Con ese objetivo, tanto las Fuerzas Armadas como Carabineros de Chile y la PDI deben fortalecer sus instancias normativas en materia de derechos humanos, con profesionales externos y a lo largo de todo el proceso formativo.
El derecho a reunión debe regularse mediante una ley que integre las diversas formas de su ejercicio, con instancias amplias y participativas de deliberación.
Para asegurar la efectiva acción de la justicia y la no impunidad, el INDH recomienda fortalecer el trabajo de los fiscales regionales y locales en la investigación de los delitos, estableciendo medidas especiales de atención y protección a las víctimas que denuncian vulneración de derechos humanos.
Además, el INDH plantea que el Poder Judicial deberá garantizar que los recursos judiciales se tramiten de manera efectiva y en plazos razonables para que, con apego al debido proceso, se determinen las responsabilidades en las violaciones a los derechos humanos ocurridas a partir del 17 de octubre de 2019, con especial atención en aquellos casos donde se denunció violencia sexual.
Asimismo, el informe señala que los poderes del Estado deben garantizar que Carabineros de Chile, la PDI y las Fuerzas Armadas, presten toda la colaboración en los procesos penales de sus efectivos, avanzando en las sanciones administrativas que correspondan. También el texto establece que el Consejo de Defensa del Estado debe ejercer sus facultades en el ejercicio de la acción penal por la comisión de delitos en el desempeño de las funciones por agentes del Estado.
Para El INDH es importante que el Ministerio de Justicia fortalezca el Servicio Médico Legal, para que cumpla los más altos estándares de derechos humanos, revisar su desempeño en esta crisis y, de ser necesario, otorgar mayores grados de autonomía.
El INDH sugiere que se adopten medidas concretas para la reparación de las personas cuyos derechos han sido vulnerados. Medidas que deben contemplar un acceso prioritario y especializado a la salud física y mental, rehabilitación e indemnizaciones.
A los ministerios de Hacienda, Economía y Desarrollo Social y Familia, el INDH le pide “formular políticas públicas de apoyo en favor de los comerciantes, pequeños y medianos empresarios y trabajadores que, producto de la violencia, han visto afectadas sus fuentes de trabajo y emprendimiento”.
Finalmente se recomienda al Estado “asegurar el pleno ejercicio de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el país, de manera de disminuir la gran desigualdad derivada de aquellos que no han sido adecuadamente garantizados. Especialmente, es necesario resguardar el acceso y protección a derechos en ámbitos como la salud, previsión social, educación y vivienda, sin discriminación arbitraria”.