Solo los “gestos de grandeza”, lo que implica buscar acuerdos y abandonar posturas personales en pos del bien del país, garantizan el éxito de los procesos constitucionales. La premisa fue compartida por el convencional Agustín Squella y los exconstituyentes colombianos María Teresa Garcés, Gustavo Zafra y Juan Carlos Esguerra, durante el encuentro “Conversaciones Constituyentes”, organizado por la Universidad Javeriana, de Colombia.
En el panel virtual, moderado por Felipe Rey y Tania Luna, profesores de la mencionada Casa de Estudios, los cuatro abogados y académicos compartieron visiones de lo que fue el proceso constituyente colombiano de 1991, y que duró tres meses, y de lo que está siendo el chileno, que comenzó el 4 de julio y que durará un máximo de un año.
Durante el intercambio de experiencias quedaron claras las diferencias, pero también las semejanzas. En Colombia, por ejemplo, los 70 constituyentes -entre ellos solo 4 mujeres- recibieron un reglamento elaborado por una comisión externa que aprobaron al momento de constituirse, además de un conjunto de propuestas ciudadanas que se canalizaron a través de cabildos, organizados por el gobierno, en un proceso que comenzó varios meses antes. La propuesta de Constitución colombiana fue aprobada en un plebiscito en el que votaron 5 millones y medio de colombianos.
En Chile, en tanto, los 155 convencionales, con paridad y escaños reservados, tuvieron que elaborar sus normas de funcionamiento a partir de cero, lo que demandó tres meses, y en lugar de uno, se aprobaron cuatro reglamentos que surgieron desde las comisiones transitorias, mientras que el proceso de participación ciudadana, lo que incluye audiencias públicas y la posibilidad de presentar iniciativas populares de norma, a través de una plataforma virtual, está en pleno desarrollo. Esto explica que la experiencia chilena, que también se cerrará con un plebiscito de salida, demorará en total 12 meses.
Al comparar ambas experiencias quedó clara la necesidad de buscar consensos. Porque si bien la representación de tendencias es distinta, ambos procesos surgieron en medio de una crisis socio- política: en la Asamblea Constituyente colombiana no había mayorías que permitieran que un sector se impusiera sobre otro, lo que obligó a negociar, y, en Chile, si bien la centro izquierda tiene un porcentaje de representación muchísimo mayor que la derecha, la exigencia del quórum de dos tercios también obligará a negociar los contenidos del texto constitucional.
En el conversatorio Squella explicó cuál ha sido el camino recorrido hasta ahora por la Convención, en el que incluyó el debate reglamentario, el cronograma y a decisión de llevar el debate a regiones como señal de descentralización, reconoció que decidió sumarse al colectivo del Apruebo para no seguir trabajando en solitario, decisión que lo llevó a presentar, junto al resto de los integrantes de esa entidad, una propuesta para el Capítulo 1 de la Constitución, que incluye un total de 14 artículos.
María Teresa García reconoció que a ellos le faltó tiempo para rediseñar las instituciones y remarcó la necesidad de tener gestos de grandeza; Gustavo Zafra valoró que en materia de medioambiente Colombia le esté dando lecciones al mundo, y Juan Carlos Esguerra puso énfasis en el hecho de que las constituciones tienen que tener el centro del poder en la dignidad humana.
Proceso colombiano
El proceso constituyente colombiano de 1991, fue concebido, al igual que el chileno, como un mecanismo para salir de la crisis en que se encontraba ese país, especialmente producto de la violencia política y criminal, después de agotada la reforma vía parlamento.
Tuvo diversos impulsores, entre los que destacan el movimiento estudiantil, grupos guerrilleros y los presidentes Barco y Gaviria. El acuerdo político que le dio viabilidad, contemplaba un mandato de reforma acotado a un temario. Sin embargo, estas y otras limitaciones fueron eliminadas por la Corte Suprema. De esta forma, lo que se concibió como un mecanismo de reforma constitucional, fue convertido en un mecanismo para crear una nueva constitución.