Por mayoría, el Senado despachó a segundo trámite constitucional el proyecto que modifica la llamada Ley Pascua (Ley 16.441), derogando los artículos 13 y 14, sobre usurpación y violación, en donde se distinguen estos delitos al ser cometidos por integrantes del pueblo Rapa Nui.
El proyecto responde a un mensaje y a mociones parlamentarias presentadas por la exsenadora Lily Pérez; por el senador Ricardo Lagos; y por los senadores Carlos Bianchi, Francisco Chahuán y el exsenador Baldo Prokurica, que buscan poner fin a los beneficios en los delitos antes mencionados, cuando sean cometidos por miembros pertenecientes a dicha etnia en el territorio especial de Isla de Pascua.
La senadora Luz Ebensperger recordó que la Comisión de Gobierno esperó la respectiva consulta indígena, antes de someter el texto en votación y acordó por unanimidad derogar los beneficios relacionados con violencia sexual y los cometidos en contra de la propiedad
“Una vez realizada la consulta el Ejecutivo propuso a la Comisión que se derogara la pena inferior para los delitos de índole sexual, pero mantenía la pena inferior por delitos contra la propiedad, fundado en los resultado de la consulta indígena”; sin embargo, aclaró, “la Comisión, unánimemente, estableció que no había razón de fondo para imponer pena inferior, por lo que se aprobó la derogación de los artículos 13 y 14 de la ley 16441”, señaló.
El proyecto, que ahora deberá ser analizado por la Cámara de Diputados y Diputadas, deroga la norma que dispone que en los delitos contra el orden de las familias, contra la moralidad pública y contra la integridad sexual (Aborto; violación; estupro y otros delitos sexuales; ultrajes públicos a las buenas costumbres e incesto, entre otros) o contra la propiedad (robo; hurto; usurpación; e incendios, entre otros) cometidos por naturales de la Isla y en el territorio de ella, se impondrá la pena inferior en un grado al mínimo de los señalados por la ley para el delito de que sean responsables.
Además, suprime el beneficio carcelario que se puede aplicar en la Isla de pascua y que permite que, en aquellos casos en que el tribunal deba aplicar penas de presidio, reclusión o prisión, se podrá disponer que hasta 2/3 de ellas puedan cumplirse fuera del establecimiento carcelario, fijando en la sentencia las condiciones de trabajo y residencia que deba llevar el condenado y el tiempo por el cual se concede este beneficio, el que podrá suspenderse o revocarse por el juez, de oficio o a petición de parte, por medio de una resolución fundada, que se apoye en el incumplimiento de las condiciones impuestas.
Además, entre quienes argumentaron su voto a favor estuvo la senadora Isabel Allende: