El pasado 27 de Mayo de 2022, en el Tribunal Oral En Lo Penal de Quillota, se leyó la sentencia en contra de Gastón Fernández Gómez, acusado por el Ministerio Público por los delitos de lesiones y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar en contra de su conviviente al momento de los hechos.
Rodrigo Castillo, fiscal subrogante de Limache, a cargo del juicio, expuso frente a la sala toda la prueba de carga, que incluyó declaración de testigos, prueba documental y fotográfica, que se permitió dar por acreditados los hechos de la acusación.
“El Tribunal dio por acreditado que el día 16 de julio del año 2021 al interior del domicilio que el acusado y la víctima compartían en la comuna de Limache. El acusado agredió físicamente a su conviviente dándole golpes de pie y de puño en distintas partes del cuerpo, ocasionándole lesiones menos graves. Así mismo se dio por probado también que ese mismo día, ya en horas de la noche, el acusado llamó por teléfono a la madre de su pareja para decirle que la mataría y que le enviaría a su hija muerta en una bolsa si no le decían, quien era el supuesto amante de esta”, explicó Castillo tras el fallo.
Durante el juicio, el acusado decidió guardar silencio, mientras que la víctima no compareció a declarar, de ahí la relevancia de la condena, ya que la afectada sólo prestó declaración tras la agresión, pero nunca colaboró en la investigación.
“Lo que es muy destacable es que se logró un verdecito condenatorio a pesar de que la principal víctima de estos hechos no colaboró durante la investigación, ni tampoco se presentó a la audiencia de juicio a prestar declaración. No obstante a ello, el Tribunal hizo suya la tesis del Ministerio Público, entendiendo que se encontraban frente a una causa con una víctima que se encuentra inmersa en el círculo de la violencia intrafamiliar y se formaron la convicción de que estos hechos efectivamente habían acontecido de la manera señalada en la acusación mediante la relación de un conjunto de otros medios de prueba que fueron rendidos por la Fiscalía en el Juicio”, recalcó el fiscal (s).
Declaración de los testigos
“En efecto, la prueba rendida por el Ministerio Público demostró los celos del agresor y que la desidia de (la víctima) por prestar declaración respecto a lo ocurrido, está dada con la intención de exculpar al acusado, Gastón Fernández Gómez, con quien tuvo una relación de pareja marcada por los celos y violencia de género por parte de este último (…)Cabe mencionar que la declaración de todos los testigos presentados a juicio resultó, a la apreciación de estos jueces como verídicos, al referir en sus relatos tanto elementos generales como accesorios o de contexto que permitieron demostrar al Tribunal que sus dichos correspondían a lo que realmente pudieron percibir”, señala la sentencia del Tribunal.
“Es preciso destacar que el Tribunal dictó una sentencia imponiendo penas bastante importantes para delitos que no son de los más graves de nuestra legislación y en definitiva condenó al acusado a 540 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de amenazas y dos años de presidio menor en grado medio por las lesiones. Haciendo de esta manera un total de tres años y medio que el sentenciado además deberá cumplir de manera efectiva, en atención a los antecedentes penales que registra en su extracto de filiación de antecedentes”, enfatizó el persecutor.
Además al imputado se le imponen accesorias legales las cuales corresponden a la obligación de abandonar el ofensor el hogar que comparte con la víctima; prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente; y prohibición de porte y tenencia y, en su caso, el comiso, de armas de fuego, todas por el periodo de dos años.