En compañía de autoridades de Gobierno y parlamentarios, el Presidente Gabriel Boric, promulgó la Ley TEA, que busca asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades y resguardar la inclusión social de los niños, niñas, adolescentes y adultos con trastorno del espectro autista (TEA), eliminando cualquier forma de discriminación.
La nueva normativa promueve un abordaje integral de dichas personas en el ámbito social, de la salud y de la educación, junto con concientizar a la sociedad sobre esta temática. Lo anterior, sin perjuicio de los demás derechos, beneficios o garantías contempladas en otros cuerpos legales o normativos y en los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes.
Según explicó la ministra de Salud, Ximena Aguilera, “el Gobierno está dando cumplimiento al compromiso establecido por el Presidente de la República, Gabriel Boric, con las organizaciones y especialmente con las familias y las personas que conviven con la condición de espectro autista”.
Agregó que esta ley “incluye a todas las personas, durante todo el curso de vida. Tenemos certeza de que llegar oportunamente con las acciones necesarias no solo mejorará las condiciones de vida de las personas NNA con TEA sino también de sus familias, al disminuir el gasto de bolsillo que implica la atención en salud. Sin embargo, también sabemos que históricamente, el TEA en personas adultas ha sido invisibilizado y, con ello, las válidas necesidades de diagnóstico y consiguientes apoyos. Mediante esta ley, visibilizamos el TEA en la adultez y con acciones tan significativas como brindar acceso al diagnóstico en adultos esperamos contribuir a acabar con el estigma y la discriminación”.
“Esta ley incluye a todas las personas, durante todo el curso de vida. Tenemos certeza de que llegar oportunamente con las acciones necesarias no solo mejorará las condiciones de vida de las personas NNA con TEA sino también de sus familias”, Ximena Aguilera, ministra de Salud.
Temas fundamentales de la ley
Se desarrollará progresivamente la red de servicios para poder hacer tamizaje, diagnóstico y atención específica del TEA para niños, niñas, adolescentes y personas adultas (curso de vida).
Esto se financiará mediante el presupuesto asignado a esta Ley y lo que se contemple anualmente en la ley de presupuesto. Se desarrollarán y promoverá el acceso a estas acciones considerando ciertos atributos como la integralidad, la interdisciplinariedad y la oportunidad, entre otros.
El Ministerio de Salud evaluará la incorporación de las prestaciones de salud asociadas a la atención de las personas con TEA al siguiente procedimiento de elaboración de las Garantías Explícitas en Salud (GES).
El Ministerio de Salud se compromete, a través de su artículo cuarto transitorio, con avances concretos en la implementación de esta Ley.
El Estado se compromete a avanzar en la determinación de la prevalencia en Chile mediante la incorporación del TEA en encuestas y/o estudios poblacionales que sean pertinentes en términos metodológicos, partiendo por incluirlo en el primer Estudio Nacional de Salud Infantil (ENSI – MINSAL).