La Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó a la senadora Fabiola Campillai, borrar de sus redes sociales todas las publicaciones que afecten la honra de un exoficial de Carabineros de Chile -Claudio Crespo- que esta siendo investigado por el Ministerio Público como el eventual responsable de los disparos que le provocaron la pérdida de la visión a Gustavo Gatica.
En la sentencia la Tercera Sala del máximo tribunal estableció que las publicaciones realizadas por la senadora en sus redes sociales y que ligan al policía con violaciones a los derechos humanos afectan su derecho a la honra y buen nombre por lo que deben ser eliminadas por constituir una acción de autotutela.
El fallo indica que se produce una colisión entre dos garantías constitucionales, a saber, entre el derecho a la honra y al de la libertad de expresión, las que deben ser debidamente ponderadas. Sobre el particular conviene tener presente que dentro del derecho a la honra se encuentra consagrado también el derecho al buen nombre, consistente en el concepto que del individuo tienen los demás miembros de la sociedad en relación con su comportamiento, honestidad, decoro, calidades, condiciones humanas y profesionales, derecho personalísimo que puede verse afectado cuando -como en el caso de autos-, se difunden y/o publican en una red social afirmaciones que producen descrédito a su respecto, con la pretensión de modelar el concepto público que se tiene del individuo, sobre la base de la atribución de conductas, que constituyen ilícitos penales, y sobre los que no recae sentencia penal que declare la afectividad de la autoría que se le imputa, y que, por lo tanto, tienden a socavar el prestigio y la confianza de los que disfruta en el entorno social en cuyo medio actúa», dice el fallo.