Este miércoles la Cámara de Diputados aprobó un proyecto que prohíbe aumentar los precios de medicamentos y productos alimenticios en caso de alerta sanitaria, epidemia o pandemia.
La iniciativa indica que «en el caso de una epidemia o pandemia y cuando la autoridad sanitaria respectiva haya declarado alerta sanitaria, no se podrá aumentar los precios de los productos farmacéuticos, productos alimenticios ni tampoco de los dispositivos de uso médico que sirvan para la prevención y el tratamiento de la o las enfermedades relacionadas».
El proyecto indica que no se podrá aumentar los precios de los productos «que sirvan para prevenir de forma directa o indirecta la alerta sanitaria o pandemia, ni de los productos que cumplan funciones de higiene personal, domiciliaria o ambiental».
Todas estas medidas serán aplicables a los «laboratorios, farmacias, almacenes farmacéuticos y demás establecimientos que vendan o comercialicen estos productos», quienes serán sancionados con multas que van desde los 50 a mil UTM (dos millones a 50 millones de pesos).
Si lo anterior sucediera después de una declaración de estado de sitio, asamblea o emergencia, o una vez que ya se haya producido el incidente que lleve a esta situación, se sancionará con el doble de las multas ya indicadas.
La iniciativa ahora pasará a la Sala del Senado, donde será debatido en las próximas jornadas.