Esta semana la Fiscalía de Viña del Mar informó que, a seis meses de la desaparición del colectivero Juan González, la investigación del caso fue cerrada.
Hasta el momento son tres los imputados en esta causa: Óscar Cantillano, Daniel Silva y un adolescente de 16 años.
Ahora se espera que sea presentada formalmente la acusación de parte del Ministerio Público, que pesará sobre los presuntos responsables de su desaparición.
Esta mañana el abogado asesor de la Fiscalía Regional, Daniel Polanco, entregó detalles de este caso que tiene a una familia consternada por la desaparición de este joven colectivero, quien en febrero pasado, tras conseguir una carrera, un servicio de transporte, de Viña del Mar a la parte de Valparaíso… se esfumó.
—En qué etapa del proceso penal se encuentra la causa que investiga la Fiscalía de Viña del Mar respecto de la desaparición del colectivero Juan González.
“El día 23 de agosto el Ministerio Público comunicó en una audiencia, que se celebró ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, el cierre de la investigación respecto de la causa que se sigue contra tres imputados, uno de ellos adolescente, menor de edad, por la desaparición y muerte, a juicio del Ministerio Público, de la víctima don Juan González Farfán.
Este hito o este suceso procesal es de normal ocurrencia en una causa como la que se sigue ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, e implica no el término de la causa en sí misma ni el desistimiento por parte del Ministerio Público de perseverar en el juicio, sino precisamente la culminación de una etapa que debe, en algún momento, hacerse un término, un cierre, para poder proseguir luego con la formulación de las acusación; llegar con ella a la audiencia de preparación de juicio oral y luego pasar a otros tribunales, al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, que es el que conocerá el fondo del asunto, y en el cual pretendemos, como Ministerio Público, conseguir las máximas penas que establece nuestro ordenamiento jurídico”.
—¿Esto no significa que Juan González dejará de ser buscado o que se acotaron ya todas las diligencias?
“En caso alguno, la idea del cierre de la investigación, dentro del proceso penal, es darle un margen temporal acotado a las diligencias de investigación que se dan para acreditar el hecho punible, los hechos por los cuales fueron formalizados los imputados y la participación de los mismos. Pero eso no implica que se puedan desarrollar nuevas diligencias, de hecho se siguen haciendo diligencias con miras a encontrar, en este caso, a Juan González, y poder con ello, incluso, si ocurre en el tiempo próximo, incorporar información en la audiencia del juicio”.
Las diligencias se seguirán desarrollando, buscando a Juan, pero ya se cuenta en la carpeta de investigación con elementos de convicción suficiente, a juicio del Ministerio Público, para poder acreditar, incluso ante la falta del cuerpo de Juan, la existencia de un secuestro con homicidio”.
Ampliar los plazos
—¿Existe la posibilidad de ampliar aún más el plazo de investigación de esta causa?
“Eso no resultaba posible por, precisamente, la existencia de un menor de edad entre los imputados que están en esta causa. La ley 20.084 que regula la situación procesal que tienen los menores de edad, infractores de ley, establece márgenes muchos más acotados en términos temporales sobre el plazo que puede durar la investigación una vez formalizada la misma. Esos plazos, atendido que este imputado fue formalizado en febrero de este año, ya estaban próximos a cumplirse, de suerte que no se podía extender más el tiempo para poder desarrollar mayores diligencias de investigación. Ese fue el determinante para tener que comunicar el cierre de la investigación el día 23”.
—¿Tiene facultad el Ministerio Público de acusar un delito de homicidio cuando no hay un cuerpo encontrado?
“Efectivamente, en nuestro ordenamiento jurídico dentro de los principios que regula la actividad probatoria del Ministerio Público, uno de los más importantes es el principio de libertad de pruebas. La ley permite al Ministerio Público, y también al Tribunal, acreditar y dar por acreditado, respectivamente, los hechos que forman parte de la acusación con cualquier medio de prueba que sirva o se estime apto para producir fe. Eso implica, en términos prácticos, que no es necesario ni imprescindible, para un caso como este, donde hay un secuestro y además un homicidio, a juicio del Ministerio Público, contar con el cuerpo; por supuesto que el escenario ideal sería contar con el cuerpo de la persona fallecida para poder acreditar así o poder ahondar más en esta causa.
Pero sí existe la manera de poder reconstruir la historia de una forma distinta, que es lo que ocurre en este caso: con lo que se cuenta en la carpeta investigativa, las posibilidades de seguir adelante hacia un juicio y conseguir, incluso, una condena, están abiertas. A modo meramente ejemplar, en tiempos recientes la Fiscalía de Quintero consiguió un veredicto condenatorio contra dos acusados a quienes se les atribuía participación en el secuestro de una menor, de nombre Pascal, de hace unos años en la comuna de Quintero, cuyo cuerpo aún se ha encontrado.
A pesar de esa falencia, de esa ausencia, de esa falta del cuerpo, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar condenó a ambos acusados por el delito de secuestro con homicidio. Además esa condena fue ratificada luego por la ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, de manera que demuestra así, prácticamente, que la posibilidad de de acceder a un veredicto condenatorio, aun sin cuerpo, es posible”.