La Contraloría General de la República se pronunció respecto a la ordenanza municipal de Zapallar que establece que los menores de 16 años deben circular en compañía de un adulto durante la noche, señalando que la medida «excede las atribuciones de las municipalidades».
En específico, el órgano contralor indicó que «excede el ámbito de atribuciones de las municipalidades, toda vez que las restricciones a la libertad de desplazamiento de las personas es una materia que la Constitución Política de la República ha reservado a la ley”.
«No procede que se regule por una ordenanza como la que se ha examinado, restricciones o limitaciones a la libertad individual de los adultos y menores a los que se refiere, al margen de la regulación constitucional y legal vigente sobre la materia (aplica criterio contenido en los dictámenes Nºs. 80.144, de 2010; 22.231, de 2011 y 7.157, de 2020)», añade el dictamen.
«En consecuencia, la Municipalidad de Zapallar deberá efectuar una rigurosa revisión del contenido de su Ordenanza, en conformidad con los criterios precedentemente expuestos, a fin de ajustarla al ordenamiento jurídico, debiendo informar documentadamente de ello a la Contraloría Regional de Valparaíso, en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción de este oficio», concluyó la resolución.
Por su parte, el alcalde de Zapallar, Gustavo Alessandri, señaló que «valoramos que la Contraloría, junto con las observaciones que nos hace, reconozca que las autoridades podamos brindar mayor protección a quienes se encuentren en una posible vulneración de derechos. Es evidente que la situación que vive nuestro país nos hace buscar herramientas que ayuden a la prevención de un delito».
«Esta ordenanza en su aplicación es un caso de éxito, presentaremos a la brevedad posible una solicitud de reconsideración, ya que a nuestro juicio no nos hemos excedido en ninguna de nuestras atribuciones (…) Propondremos una mesa tripartita con la Contraloría, la Defensoría de la Niñez y el Municipio», finalizó el Jefe Comunal.