Fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.561, la que establece la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales mediante varias modificaciones al Código del Trabajo.
A partir de esta fecha, la jornada de 45 horas disminuirá gradualmente y terminará de implementarse en 2028, de modo que las empresas y las pymes puedan readecuarse.
En ese sentido, en abril de 2024 bajará a 44 horas semanales; en abril de 2026, a 42 horas semanales; y en abril de 2028, a las acordadas 40 horas semanales.
Sin embargo, las organizaciones pueden adelantarse y establecer inmediatamente la reducción laboral, siempre que tengan la posibilidad. Lo mismo aplica para la jornada 4×3 de trabajo que también establece esta legislación.
Básicamente, la jornada 4×3 consiste en cuatro días de trabajo y tres de descanso; por ejemplo, trabajar de lunes a jueves y descansar de viernes a domingo.
La empresas que podrán aplicar este turno laboral son aquellas que implementen las 40 horas sin esperar la gradualidad de los cinco años, mencionada anteriormente.
Eso sí, los empleadores tendrán que llegar a un acuerdo con sus trabajadores y trabajadoras antes de fijar la modalidad 4×3.
Al respecto, la nueva ley señala: «Las empresas que (…) tuvieren una jornada de 40 horas o menos, o que con anticipación reduzcan a 40 horas la jornada ordinaria de trabajo, podrán pactar que dicho máximo semanal (40 horas) se distribuya en cuatro días».
Por lo tanto, si se define una jornada de trabajo de lunes a jueves, en cada día los empleados permanecerán 10 horas en sus fuentes laborales, de modo que se cumplan las 40 horas al cuarto día.
Fuente:meganoticias.