El superintendente de Salud, Víctor Torres, presentó la esperada circular para instruir cómo y cuándo las isapres deberán devolver los cerca de $ 10 mil millones que afiliados tuvieron que pagar por esta alza de planes y, además, dio cuenta de la ruta que deberán seguir las aseguradoras privadas para concretar una nueva subida, que esta vez tendrá que ser debidamente justificada.
Explicó que «dentro de las instrucciones que nos ordena la corte, se establece que las isapres deben devolver el alza y revertir los cambios de plan. También, reincorporar a las personas que se hayas desafilado del sistema producto de este incremento».
¿Cómo se realizará la devolución? Torres expuso que el proceso administrativo plantea la restitución mediante excedentes del porcentaje de adecuación que fueron cobrados de los meses junio, julio y agosto del 2022.
Detalló que todos los excelente cobrado el mes de junio estarán disponibles en las cuentas respectivas de los afiliados en el mes de octubre. Aquellos cobrados en el mes de julio serán disponibilidades en el mes de noviembre, y los de agosto en diciembre.
Torres recordó que «a través de los excedentes las personas pueden comprar bonos, medicamentos y eventualmente, las personas que no hagan uso de dichos fondos, podrán solicitar la devolución a partir del mes de enero del próximo año, que se hace mediante transferencia electrónica o por cobro en efectivo».
Cabe recordar, que el máximo tribunal decidió acoger 12 recursos de protección de afiliados solicitando frenar los reajustes determinados por las isapres, Colmena, Consalud, Cruz Blanca, Banmédica, Vida Tres y Nueva Másvida, pero con un alcance mucho más amplio que los 300 mil recursos que se habían ingresado a trámite, por considerar falta de argumentos para efectuar el alza.
Plazos y alzas
Las isapres tendrán que informar la decisión de aumentar o no el precio base de sus planes correspondientes al 2022, dentro del plazo de dos días hábiles, contados desde hoy, por lo que tendrán hasta hasta el 8 de septiembre.
En el caso de que decidan hacerlo, deberá informar el porcentaje de alza, el cual no podrá ser superior al calculado por la Superintendencia de Salud a publicado en el mes de marzo, es decir, nunca superior al 7,6 %.
Se tendrá que justificar con los antecedentes que menciona el fallo de la Corte Suprema: variación de los costos de las prestaciones de salud, variación de la frecuencia de uso experimentada por las prestaciones de salud, variación del costo de subsidio de incapacidad laboral del sistema privado de salud, costo de las nuevas prestaciones, entre otros.
Una vez notificada la Superteindencia del alza, tendrán hasta el 15 de septiembre para realizar la verificación de los antecedentes.
Verificada el alza, la Superintendencia tendrá que comunicar dentro de 10 días corridos a las personas involucradas, esto es entre el 15 al 25 de septiembre del 2022.
Después, las personas afiliadas, tendrán 10 días de corrido para pronunciarse por el alza aplicada y verificada por la Superintendencia, entre el 25 de septiembre y el 5 de octubre. Si no hay pronunciamiento, se entenderá por acepta el alza.
Fuente de la información: Emol.