En fallo emitido hoy, la Segunda Sala de la Corte Suprema de Chile ha determinado que la justicia civil es competente para continuar con la investigación respecto a los lamentables eventos ocurridos durante la marcha de conscriptos en Putre. El tribunal ha decidido que la ministra en visita de la Corte Marcial, Jenny Book Reyes, debe entregar los antecedentes correspondientes al Juzgado de Garantía de Arica, desestimando su competencia para continuar con el caso.
En el fallo (rol 17.281-2024), la Segunda Sala de la Corte Suprema, integrada por la ministra Andrea Muñoz, los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la abogada (i) Leonor Etcheberry y el abogado (i) Juan Carlos Ferrrada, fundamentó su decisión en el respeto al principio de juridicidad y la división de poderes consagrados en la Constitución Política de la República, así como en los compromisos internacionales en materia de Derechos Humanos suscritos por Chile.
El fallo establece que los delitos investigados, tales como apremios ilegítimos y otros posibles ilícitos, no pueden considerarse actos de servicio militar ni están directamente vinculados a él, por lo que su conocimiento corresponde a la judicatura ordinaria civil. Además, se menciona que la jurisprudencia internacional, incluida la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, establece claramente que la jurisdicción militar no es competente para juzgar violaciones a los derechos humanos.
En consecuencia, se declara que el Juzgado de Garantía de Arica es el órgano competente para continuar con el proceso, ordenándose la remisión de todos los antecedentes correspondientes.