La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló 10 cargos a Sociedad de Exploración y Desarrollo Minero (Explodesa), titular del proyecto “Mina Uva”, localizada en la comuna de Catemu- zona declarada latente por dióxido de azufre-, al interior del Sitio Prioritario de Conservación Cordillera El Melón, establecido así en la Estrategia Nacional de Biodiversidad (2003).
Cristóbal de la Maza, superintendente del Medio Ambiente indicó que “se trata de 5 infracciones graves y 5 leves, en materias relacionadas con faltas al deber de informar contingencias ambientales, realización de tronaduras fuera de los márgenes autorizados por su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), construir obras hidráulicas y falta de monitoreo de aguas subterráneas”.
A su vez, continuó De la Maza, se detectaron obras en zonas no autorizadas en su permiso ambiental, con afectación al bosque nativo y, específicamente, ejemplares en estado de protección. Es importante recordar que esta zona fue declarada como saturada por material particulado y de latencia por dióxido de azufre, precisó.
Cabe destacar que este proceso sancionatorio se realizó en virtud de una serie de denuncias recibidas por la Superintendencia del Medio Ambiente entre el 2017 y 2018, las que dieron origen a diversas actividades de inspección ambiental en conjunto con otros organismos del Estado como SERNAGEOMIN y CONAF, entre otros, constatándose la situación de riesgo generada y mantenida en las faenas de Mina Uva al momento de aquellas fiscalizaciones. Producto de lo anterior, en agosto de 2018, se ordenaron Medidas Provisionales para el titular por 15 días hábiles, las que fueron fiscalizadas posteriormente, a través de un examen de información realizado por la Superintendencia.
La Mina Uva corresponde a un yacimiento de cobre soluble de baja ley, con reservas de cobre de aproximadamente 990.000 toneladas, que cuenta con seis Resoluciones de Calificación Ambiental, sin embargo y después de analizar todos los antecedentes de la investigación, se pudo constatar hallazgos ambientales de relevancia que están descritos en los Informes de Fiscalización (IFA) de cada una de las inspecciones.
Respecto de las infracciones las infracciones graves, la Ley Orgánica de la SMA (LOSMA) señala que el titular podrá ser objeto de Revocación de la RCA, Clausura o Multa de hasta 5 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA). Asimismo, en el caso de las infracciones Leves, la empresa arriesga una Amonestación por Escrito o Multa de una hasta 1.000 UTA.
Por último, “Sociedad de Exploración y Desarrollo Minero” cuenta con un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde la notificación.
Para mayor detalle, acceder a la información de la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2606