En el contexto del análisis de la reclamación interpuesta por la Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y la Fundación Jorge Yarur Bascuñán en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por la aprobación del programa de cumplimiento presentado por la empresa Reconsa, el pasado lunes los ministros del Segundo Tribunal Ambiental realizaron una inspección personal en los terrenos en que se emplaza el proyecto “Urbanización y loteo Costa de Montemar VI etapa”, en las dunas de Concón.
En relación a esa visita, ampliamente esperada por los reclamantes, el ministro presidente del Tribunal, Alejandro Ruiz, indicó que “la Superintendencia del Medio Ambiente, que es el organismo que fiscaliza y sanciona las infracciones ambientales, constató un incumplimiento por parte de la empresa Reconsa consistente en que debió haber sometido su proyecto de ampliación inmobiliario al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y a raíz de eso le formuló cargos. La empresa, usando los derechos que le otorga la ley, presentó por su parte un programa de cumplimiento y ese programa de cumplimiento se hace cargo por una parte de justamente presentar un Estudio de Impacto Ambiental y asimismo de abordar los efectos que se habrían causado con la infracción entre los cuales existe una acción de revegetación y nosotros lo que vamos a hacer es visitar los puntos clave de este proyecto de manera de constatar y confirmar si es que la Superintendencia obró adecuadamente cuando aprobó este programa de cumplimiento que es lo que se está reclamando por parte de representantes de la fundación y otras personas de la sociedad civil”.
Cabe recordar que, en agosto de 2020, la SMA formuló un cargo contra la empresa por la ejecución del proyecto en el área protegida “Santuario de la Naturaleza Campo Dunar de la Punta de Concón” y afectación de duna adyacente, al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La infracción fue clasificada como gravísima.
Los reclamantes solicitan que el Tribunal declare que la resolución de la SMA que aprobó el programa de cumplimiento y suspendió el procedimiento sancionatorio es ilegal, ordenando al ente fiscalizador dictar una nueva resolución. En tanto, la SMA solicita al Tribunal que rechace la reclamación, declarando que la resolución reclamada es legal y fue dictada conforme a la normativa vigente.
En relación a los próximos pasos que podría tomar el Tribunal, su ministro presidente, Alejandro Ruiz, explicó que “lo esperable es que a raíz de esta visita los ministros deliberemos y lleguemos a un acuerdo en el corto plazo para emitir una sentencia dentro del primer semestre de este año”.
Además, aclaró que “existen dos opciones, por una parte el Tribunal puede confirmar lo que la Superintendencia del Medio Ambiente ha realizado al aprobar este programa de cumplimiento al titular y por otro lado, la opción B sería dejar sin efecto la resolución que aprobó el programa de cumplimiento de manera de devolvérselo a la Superintendencia para que obre conforme a la forma que el Tribunal determine”.
Antecedentes de la reclamación
27 de agosto de 2020, la SMA formuló un cargo en contra de Reconsa, por la ejecución del proyecto “Urbanización y Loteo Costa de Montemar VI Etapa”, en el área protegida Santuario de la Naturaleza “Campo Dunar de la Punta de Concón” y afectación de duna adyacente al margen del SEIA. Esta infracción fue calificada como gravísima. (Res. Ex. N°1/2020).
1 de octubre de 2020, la empresa presentó un programa de cumplimiento, el cual fue objeto de observaciones, tras lo cual Reconsa presentó un programa de cumplimiento refundido.
14 de enero de 2021, la SMA aprobó el programa de cumplimiento refundido, con correcciones de oficio (Res. Ex. N°7/Rol D-118-2020).
5 de febrero de 2021, la Corporación Pro-Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y la Fundación Yarur Bascuñán presentaron ante el Segundo Tribunal Ambiental una reclamación en contra de la resolución de la SMA que aprobó el programa de cumplimiento, la que fue admitida a trámite con el rol R-277-2021.
9 de agosto de 2021, el Tribunal tuvo a Reconsa como tercero coadyuvante de la SMA y rechazó la primera solicitud de medida cautelar presentada por los reclamantes.
14 de septiembre de 2021, el Tribunal acogió una segunda solicitud de medida cautelar, consistente en la paralización de la medida de revegetación emanada del PdC. 20 de octubre de 2021, el Tribunal acogió las solicitudes de alzamiento de la medida cautelar formuladas por la SMA y Reconsa.
2 de diciembre de 2021, el Tribunal llevó a cabo la audiencia de la causa. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Gabriel Muñoz M., en representación de los reclamantes, Katharina Buschmann W., por la SMA y Fabiola Soto L., por Reconsa, tercero coadyuvante de la SMA.